Translate

martes, 22 de enero de 2013

PRESENTADO EL RECURSO CONTRA LA SUPRESIÓN DE LA PAGA EXTRA


En el día de hoy las organizaciones sindicales FSC-CCOO, FSP-UGT,SAIF-USIPA, CSIF   y
 FEP-USO, integrantes de la Plataforma Sindical y de Asociaciones Profesionales de Empleados y Empleados Públicos de Asturias, han  presentado  el  recurso  administrativo  contra  la  supresión  de  la  paga extraordinaria  de  diciembre  de  2012  al  personal  funcionario  de  la Administración  del  Principado  de  Asturias.  En  las  próximas  fechas  se presentará conflicto colectivo contra la supresión de la paga extraordinaria al personal laboral.


¿Qué se recurre?
El pago íntegro de la paga extra de Navidad de 2012 y subsidiariamente el pago de los días devengados de la paga extra, puesto que el Decreto-Ley 20/2012 que la anula entró en vigor el 15 de julio.
Recursos individuales
Nuestros servicios jurídicos no aconsejan la presentación de recursos individuales ya que la nueva ley de tasas judiciales multiplica los costes de los mismos.
Hay que tener en cuenta que las personas que recurran a nivel individual deben ir hasta el final ya que de no hacerlo así puede considerarse que el acto (la no percepción de la paga extra) ha sido consentido.
En el supuesto de que derivado del proceso que hoy se inicia se dictara sentencia positiva firme, se podrá efectuar extensión de los efectos de las sentencias  a  la  totalidad  personal  funcionario  de  la  Administración  del Principado de Asturias, garantizando además que los costes de las nuevas tasas judiciales no supongan un nuevo gravamen para los empleados públicos.
Plazos de presentación
Se  recurre  el  acto  administrativo  por  el  cual  se  habilitó  a  la Administración  del  Principado  de  Asturias  al  pago  de  las  nóminas correspondientes al mes de diciembre de 2012 suprimiendo el abono de la paga  extraordinaria,  es  decir  la  expedición  del  correspondiente  documento económico (acto administrativo que no ha sido objeto de publicación). Dado que se trata de un acto presunto, o que desconocemos cuando ha sido dictado,el plazo para la presentación del recurso administrativo, previo al posterior contencioso administrativo es de tres meses. Por eso es difícil de entender las prisas de algunas organizaciones que están empujando a la presentación de recursos individuales cuyo coste final recaerá en quien los presenta.
En  definitiva  el  recurso  que  hoy  se  promueve  para  el  personal funcionario y el que en fechas próximas se presentará para el personal laboral tiene el objetivo de facilitar la extensión de los efectos positivos, en el supuesto de resolución judicial favorable, a todo el personal de la Administración del Principado de Asturias, evitando además, el coste judicial que la presentación de recursos individuales pudiera acarrear.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Twitter Delicious Facebook Digg Stumbleupon Favorites More

 
Design by Free WordPress Themes | Bloggerized by Lasantha - Premium Blogger Themes | coupon codes