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jueves, 30 de octubre de 2014

Publicación definitivamente de puestos de trabajos personal funcionario del Principado de Asturias.



Principado de Asturias
AUTORIDADES Y PERSONAL
Consejería De Hacienda Y Sector Público

Resolución de 29 de septiembre de 2014, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se adjudican, con carácter definitivo, los puestos de trabajo convocados para su provisión por Resolución de 21 de febrero de 2011 (BOPA de 26 de febrero de 2011). [Cód. 2014-16446]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (3021 Kb)

miércoles, 29 de octubre de 2014

Plan de empleo del Ayuntamiento de Gijón.

Se publicó en la página del Ayuntamiento de Gijón el Plan de Empleo 2 edición .

http://empleo.gijon.es/nocache/1/noticias/show/25165-publicadas-las-bases-del-plan-de-empleo-gijon-inserta-2014-2-edicion

viernes, 24 de octubre de 2014

Sistema de provisión de Puestos de Trabajo singularizados en el SESPA.


Decreto 87/2014 de Regulación del Sistema de provisión de Puestos de Trabajo singularizados en el SESPA.



    ENLACE: https://sede.asturias.es/bopa/2014/10/22/2014-17492.pdf

Integración del personal con Relación de Empleo de Naturaleza interina en los Servicios jerarquizados de Atención Hospitalaria y en Atención Primaria del Servicio de Salud del Principado de Asturias.


Consejería de Sanidad
Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)
Resolución de 16 de octubre de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias,  Por La Que se PROCEDE a la Integración del personal con Relación de Empleo de Naturaleza interina en los Servicios  jerarquizados de Atención Hospitalaria y en Atención Primaria del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

ENLACE:  https://sede.asturias.es/bopa/2014/10/24/2014-17658.pdf

FIESTAS LABORALES 2015.



FIESTAS LABORALES 2015.
Estimados Compañeros / as,
Os adjuntamos es PDF Formato, archivo conteniendo Resolución del BOE de hoy, 24 de Octubre de 2014, la de la estafa Resolución de 17 de Octubre del 2014 de la Dirección General de Empleo, Por La Que se publica la Relación de Fiestas Laborales Para El Año 2015. 
Esperamos mar Que de Vuestro Interés DE DE.
Quedamos a Vuestra Disposición Parr Cualquier del del aclaración al respecto.


Enlaces
https://drive.google.com/file/d/0B0iKCSSUgDdub0tGcTNyQ2F4TTA/view?usp=sharing
https://drive.google.com/file/d/0B0iKCSSUgDduTV8yQ2RzNFdNeXc/view?usp=sharing

sábado, 18 de octubre de 2014

Rectificaciones en el BOPA sobre personal del SESPA

Consejería De Sanidad

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Resolución de 6 de octubre de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, de rectificación de errores materiales detectados en la resolución de 18 de junio de 2014, de la Dirección Gerencia del Sespa por la se modifica el pacto sobre contratación de personal temporal y sobre promoción interna temporal del Servicio de Salud del Principado de Asturias. [Cód. 2014-17248]Texto de la disposición   PDF de la disposición(259 Kb)  

Resolución de 7 de octubre de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, de rectificación de errores materiales detectados en la resolución de 25 de junio de 2014, de la Dirección Gerencia del Sespa por la se convoca proceso para actualización de los méritos a los demandantes de empleo ante el Servicio de Salud del Principado de Asturias en las categorías estatutarias que se recogen en los anexos II al XII del pacto sobre contratación de personal temporal y sobre promoción interna temporal del Servicio de Salud del Principado de Asturias. [Cód. 2014-17250]Texto de la disposición   PDF de la disposición(260 Kb)  

BOPA de 18 de Octubre de 2014.

miércoles, 15 de octubre de 2014

El TC avala la regla para cubrir "lagunas" de cotización en contra del criterio del Supremo.

El TC avala la regla para cubrir "lagunas" de cotización en contra del criterio del Supremo.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado la cuestión de inconstitucionalidad formulada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo respecto de la fórmula que, a efectos de establecer la cuantía de las pensiones de jubilación y de incapacidad permanente, la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) emplea para calcular la base de cotización aplicable a los trabajadores que a lo largo de su vida profesional hayan permanecido inactivos durante uno o más periodos de tiempo, meses en los que, por lo tanto, no han cotizado.

En una sentencia de la que ha sido ponente el Magistrado Luis Ignacio Ortega, el Tribunal descarta que la citada norma resulte arbitraria y vulnere el derecho a la igualdad, como entiende el Supremo. El Magistrado Juan Antonio Xiol expresa su opinión discrepante en un voto particular.

Con el fin de evitar que esas lagunas en la cotización (provocadas por los periodos de inactividad laboral) provoquen una disminución drástica de la base reguladora de la pensión y, por lo tanto, de su cuantía, la LGSS ha previsto una regla de “integración de lagunas”. Esta regla establece una “ficción legal” por la que se permite computar como cotizados también los meses sin cotización. La base de cotización aplicable a ese periodo será la mínima conforme al último contrato vigente, es decir, al contrato que precede al periodo de inactividad.

Según el Supremo, esta regla produce situaciones de desigualdad entre trabajadores cuyo último contrato haya sido indefinido y aquellos otros que lo tuvieron a tiempo parcial, aunque unos y otros hayan acreditado el mismo número de días cotizados a lo largo de su vida profesional. Y ello porque, en el primero de los casos (contrato indefinido), la base de cotización que se aplica es la mínima correspondiente a una jornada laboral completa, mientras que si el contrato de referencia es a tiempo parcial, la base mínima de cotización será menor al calcularse en función a la duración de la jornada laboral (es decir, al número de horas contratadas).

El Pleno rechaza que la norma cuestionada vulnere el principio de igualdad, pues la LGSS “no hace sino trasladar a los trabajadores contratados a tiempo parcial la misma regla que rige con carácter general para los trabajadores contratados a jornada completa”, lo que en la práctica supone “integrar” las lagunas de cotización con la base mínima de cotización, conforme al último contrato vigente.

“No hay, por tanto, una diferencia de trato entre trabajadores a tiempo completo y trabajadores a tiempo parcial pues la regla aplicable es la misma”, señala la sentencia.

El tratamiento desigual entre unos y otros trabajadores, explica el TC, no tiene su origen en la norma cuestionada por el Supremo sino en aquellas que “regulan la determinación de la base de cotización a la Seguridad Social” conforme a un principio de proporcionalidad que el Estatuto de los Trabajadores recoge en su art. 12.4 d) cuando establece que los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo en proporción a la jornada trabajada. Y esta proporcionalidad, según la jurisprudencia del Tribunal, no es contraria al art. 14 CE (derecho a la igualdad) “en aras al principio contributivo”.

La sentencia descarta también que la norma sea arbitraria. A este respecto, el Pleno afirma que “la norma persigue una finalidad razonable y no se muestra desprovista de fundamento” en un sistema “en el que la distribución de medios escasos requiere ponderar cuidadosamente las situaciones de necesidad que han de ser protegidas estableciéndose los requisitos que han de reunirse a este efecto”. Y explica que se intenta “beneficiar a aquellos que durante un período de tiempo, computable a efectos del cálculo de prestaciones, no han contribuido al sistema y se encontrarían en una situación de cotización cero que mermaría de forma considerable sus prestaciones”.

miércoles, 8 de octubre de 2014

FEP-USO INTERPONE RECURSO ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO CONTRA SENTENCIA DESESTIMATORIA DE LA DEVOLUCION DIAS CANOSOS.


 
 
 
 
 
FEP-USO INFORMA: CONVENIO ÚNICO AGE. INTERPUESTO RECURSO DE CASACIÓN ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO CONTRA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL DESESTIMATORIA DE LA DEVOLUCIÓN DÍAS CANOSOS.
 
La FEP-USO ha interpuesto Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo, contra la Sentencia de la Audiencia Nacional que desestima el Derecho del Personal Laboral incluido en el ámbito de aplicación del Convenio Único de la AGE a “recuperar los días canosos” ya consolidados a la entrada en vigor del RDL 20/2012 de 13 de Julio, que los suprimía.
 
Como ya os adelantamos en anteriores Notas Informativas, el pasado 26 de Septiembre, nos fue notificada la Sentencia dictada por la Audiencia Nacional, recaída en el Conflicto Colectivo 217/2014, instado por CSIF, UGT y CCOO, en reclamación del reconocimiento de los días de Asuntos Particulares y de Vacaciones por antigüedad -canosos-  en el ámbito del Convenio Único de la AGE.
 
La citada Sentencia desestima las pretensiones planteadas por los demandantes...
 
Como indicábamos, con esta Sentencia, se confirman los peores augurios respecto del reconocimiento de los días Canosos, corroborando el error estratégico de las Organizaciones Sindicales demandantes al plantear esta cuestión de una forma precipitada, mediante un Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional, en lugar de intentar obtener previamente el mayor número de Sentencias positivas de Juzgados de lo Social…
 
Esta precipitación, muy a nuestro pesar, ha condicionado fatalmente el derecho de miles de Empleados Públicos, tanto de la AGE, como del resto de Administraciones, para acudir a los Juzgados de lo Social, y también Contencioso Administrativo, en demanda del reconocimiento del disfrute de los citados días, con un mínimo de probabilidades de obtener Sentencia estimatoria. Pues con toda seguridad la Abogacía del Estado y/o Letrados de las diferentes Administraciones alegarán de contrario, la misma.
 
En la FEP-USO hemos valorado las posibles alternativas con las que poder contrarrestar el varapalo judicial que esta Sentencia ha ocasionado a todos los Empleados Públicos, y de esta forma intentar minimizar, en la medida de lo posible, sus nefastas consecuencias.
 
Por ese motivo, para evitar que la citada Sentencia adquiera firmeza, y aunque no somos los responsables de este desaguisado, hemos interpuesto Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo contra la misma. Ignoramos lo que al respecto harán las Organizaciones Sindicales demandantes…
 
En la FEP-USO consideramos que nuestro compromiso y responsabilidad hacia los Empleados Públicos en general, y hacia los Compañeros incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio Único de la AGE en particular, está por encima de cualquier otro interés… y que debíamos actuar en consecuencia.
 
Seguiremos informando.



                                                                                                                                            

 

martes, 7 de octubre de 2014

Fecha de publicación del Concurso de negociados del Principado de Asturias.

 
 
Fecha publicación concurso negociados:
 
  • Os informamos que la Administración nos ha comunicado que la fecha de publicación del concurso de negociados será el próximo día 16 de octubre.
 
Convocada 1 plaza del Cuerpo de Letrados de la Junta General
  • Adjuntamos enlace a Resolución publicada en el BOPA por las que se convoca una plaza del Cuerpo de Letrados de la Junta General del Principado de Asturias
 
 
 
Comienzo del proceso selectivo de 1 plaza de Encargado/a ( Ganadero).
  • Asimismo se adjunta enlace a Resolución de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", por la que se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas, la designación del Tribunal Calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Encargado/a (Ganadero), en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido:
 
 
 

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