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jueves, 28 de septiembre de 2017

Convocada huelga indefinida en la Administración de Justicia de Asturias.





CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Resolución de 25 de septiembre de 2017, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se establecen los servicios mínimos que habrán de regir en las jornadas de huelga indefinida convocada por las organizaciones sindicales STAJ, CCOO, UGT, USIPA-SAIF y CSIF, desde el día 2 de octubre de 2017, dentro del ámbito de la Administración de Justicia (personal funcionario). [Cód. 2017-10600]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (255 Kb)  


BOLETÍN SEMANAL DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO.



BOLETÍN SEMANAL DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO.

Os adjuntamos, en formato PDF, fichero conteniendo el Boletín Semanal con la Oferta de Empleo Público correspondiente a la Semana del 26.09.2017 al 02.10.2017 publicado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, así como enlace a la Pagina WEB del MHYFP por si fuera de vuestro interés.

Para ampliar esta información, podéis acceder también a la Pagina Web de la FEP-USOwww.fep-uso.es y una vez dentro, pinchar en el Apartado Empleo Público, el cual os enlazará directamente con toda la Información que sobre la Oferta de Empleo Público dispone el Ministerio de Hacienda y Función Pública, y en la que podréis consultar las Convocatorias específicas que os puedan interesar.
Esta publicación contiene información relativa a las convocatorias de empleo público de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la Unión Europea, de Organismos Internacionales y, de la Administración Local, los anuncios que se hayan insertado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), correspondientes a los Ayuntamientos de las capitales de provincia, los Ayuntamientos de más de 100.000 habitantes y de todos aquellos que convoquen al menos 3 plazas.

Seguiremos informando.


Retribuciones del Personal del Ayuntamiento de Gijon para 2017




ayuntamiento DE GIJÓN
Anuncio. Aprobación de las retribuciones del personal para el año 2017. [Cód. 2017-10184]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (851 Kb)  


Publicada la lista definitiva de admitidos en las pruebas selectivas para el ingreso en la escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Oviedo




UNIVERSIDAD DE OVIEDO
Resolución de 11 de septiembre de 2017, del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se declara aprobada y se publica la lista definitiva de admitidos en las pruebas selectivas para el ingreso en la escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Oviedo por el sistema de promoción interna, convocadas por Resolución de 28 de junio de 2017 (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 5 de julio de 2017). [Cód. 2017-10208]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (216 Kb)  

Nombramiento tribunal calificador pruebas Auxiliar Educador.




Consejería De Hacienda y Sector Público

INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 'ADOLFO POSADA'


Resolución de 7 de septiembre de 2017, de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se designa nuevo miembro del Tribunal Calificador del proceso selectivo para la provisión de treinta y tres plazas de la Categoría Auxiliar Educador, Grupo D, en turno de acceso libre y de promoción interna, en régimen de personal laboral fijo (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 18 de abril de 2017). [Cód. 2017-10447]

jueves, 21 de septiembre de 2017

DECLARACIÓN DEL CONSEJO FEDERAL DE LA FEP-USO SOBRE CATALUNYA

DECLARACIÓN DEL CONSEJO FEDERAL DE LA FEP-USO SOBRE CATALUNYA

El Consejo Federal reunido en plenario, hace la siguiente DECLARACIÓN en relación a la situación profesional de los empleados públicos catalanes, durante la preparación, desarrollo y votación del Referéndum del próximo día 1 de octubre, convocado por la Generalitat de Catalunya, queremos MANIFESTAR lo siguiente:

· Las decisiones políticas tomadas por el Parlamento Catalán, no pueden poner en peligro el trabajo, ni provocar dudas sobre la legalidad del quehacer diario de los empleados públicos.

· No resulta lógico, ni aceptable que se ponga a los empleados públicos a la vanguardia de decisiones políticas contrarias a las leyes en vigor.

· El trabajo de los funcionarios públicos, está regulado claramente por la Ley 07/2007, Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), y en donde en su artículo 52, dice textualmente:

Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.

· En el artículo 53. Principios éticos, en su punto 1 dice:

1.    Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico

· En el artículo 54, en su punto 3, dice lo siguiente:

3.    Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes.

Por todo lo manifestado, debemos DECLARAR lo siguiente:

1.    Que sean los políticos los que pasen por el juzgado, si incumplen la ley, pero no es lógico que se utilicen a los empleados públicos, en tareas que suponen incumplir las leyes vigentes que emanan de la propia Constitución, la misma que considera a la Generalitat como el Estado en Catalunya.

2.    La FEP-USO tiene muy clara cuál es nuestra postura sobre este asunto, que no puede ser otra que la defensa de la independencia de los empleados públicos y su trabajo como garantes de la Ley.

3.    Los empleados públicos, tenemos la obligación de actuar conforme a la Constitucióny a la legalidad constitucional, cumpliendo las resoluciones judiciales y prestando la colaboración requerida para su ejecución.

4.    La FEP-USO defenderá a los empleados públicos de todas las formas posibles, si alguien intenta sancionarlos, por cumplir con sus funciones encomendadas por el máximo ordenamiento jurídico, que es la Constitución, y el Estatuto de Catalunya.

5.    Igualmente apoyaremos cualquier iniciativa en este aspecto, que nuestros delegados y/o afiliados nos reclamen.

6.    También debemos afirmar, como organización sindical de trabajadores, como es USO, que nuestros valores de independencia, pluralidad, autonomía y solidaridad, en situaciones derivadas de decisiones políticas, son hoy más fuertes y necesarios que nunca:

· Independientes de partidos, empresas, instituciones y administraciones.

· Pluralidad, basada en el respeto a la ideología política, religiosa, filosófica, ideológicas o culturales de nuestra afiliación.

· Autonomía basada en nuestra independencia y autofinanciación.

· Solidaridad con y entre el conjunto de una sociedad pacífica y trabajadora.

7.    Precisamente porque estos valores están por encima de cualquier duda, y que esto nos ha permitido trabajar más de 50 años en defensa de los trabajadores, debemos afirmar, desde nuestra independencia y pluralidad, que los afiliados en Catalunya pueden optar por cualquiera de las posiciones políticas que se plantean, pero como FEP-USO NO podemos apoyar ninguno de los planteamientos políticos actuales (a favor, o en contra de referéndum o independencia directa), y por supuesto, NO aceptaremos ningún tipo de presión para que nos posicionemos a favor de ninguna de las propuestas políticas, ni por supuesto, acataremos decisiones contrarias al ordenamiento jurídico, o a las decisiones judiciales, que se puedan plantear.

El Plenario del Consejo Federal

miércoles, 20 de septiembre de 2017

Convocatoria cursos de formación del INAP.



INAP. Convocatoria cursos de formación.


(BOE 20.9.17)
Resolución de 18 de septiembre de 2017, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan acciones formativas de carácter general dirigidas a personal directivo, predirectivo y técnico para el segundo semestre de 2017.

Destinatarios.
Esta convocatoria se dirige a empleados públicos que desarrollen funciones directivas o predirectivas, así como a personal técnico que ejerza responsabilidades de carácter superior. Por ello, podrán participar en los cursos relacionados en el anexo funcionarios y personal laboral equivalente que presten sus servicios en las Administraciones públicas y que en el momento de la solicitud ocupen puestos comprendidos entre los niveles 26 y 30, ambos incluidos. Tercero. Modalidad formativa y calendario. Las actividades formativas se realizarán en la modalidad y en las fechas detalladas.


El Tribunal Supremo avala que las nóminas se entreguen por Internet y no en papel.

El Tribunal Supremo avala que las nóminas se entreguen por Internet y no en papel.

La corte rechaza así un recurso del sindicato USO de Asturias que, en 2013, denunció la decisión de Transportes Unidos de Asturias de entregar las nóminas por Internet.

El Tribunal Supremo defiende el derecho de las empresas a entregar las nóminas en soporte informático y no en papel, ya que el cambio no supone "perjuicio ni molestia alguna" para el trabajador, "ni puede considerarse gravoso", ya que para obtener una copia basta "con dar la orden de imprimir y esperar".

La sentencia de la Sala de lo Social, con fecha 1 de diciembre de 2016, explica que se modifica la doctrina anterior, plasmada en una sentencia de diciembre de 2011, en la que defendía que lo previsto en la ley era entregar las nóminas en papel.

Pero, "a la vista del tiempo transcurrido" desde dicha sentencia, y la generalización de internet para todo tipo de comunicaciones de datos, documentos y tramites legales, ya que su uso es corriente también en la administración, no tiene sentido mantener esa reserva.

Con ello, el Supremo rechaza un recurso del sindicato USO de Asturias, que en 2013 denunció la decisión de Transportes Unidos de Asturias de entregar las nóminas por Internet, según explica Efe.

El sindicato entendía que la empresa no podía sustituir de forma unilateral una práctica "que de forma inveterada" se había venido siguiendo de entrega a los trabajadores de los recibos de salarios o nóminas directamente en papel.

Aunque el Supremo reconoce que en la Orden ministerial de diciembre de 1994 parece que se exige la entrega en papel, cuando señala que "el recibo de salarios será firmado por el trabajador", lo cierto es que la misma norma aclara que "cuando el abono se realice mediante transferencia bancaria, el empresario entregará al trabajador el duplicado del recibo sin recabar su firma".

Dicha firma "se entenderá sustituida por el comprobante del abono expedido por la entidad bancaria", como ocurre en la mayoría de los casos, por lo que no es necesario que el trabajador firme el duplicado del recibo.

A través de internet, prosigue la sentencia, el trabajador puede acceder a su nómina y obtener una copia, que garantiza que se ha percibido el salario y que incluye todos los conceptos.
Enlace

martes, 19 de septiembre de 2017

RENFE Oferta de Empleo Público 675 puestos

RENFE Oferta de Empleo Público 675 puestos

Ayer, 18 de septiembre 2017, RENFE publicó una importante oferta de empleo público.

El PLAZO PRESENTACION DE SOLICITUDES: del 15.9.17 al 29.9.17.

¿Dónde TRAMITAR las solicitudes? Desde la Web de Renfe en el apartado empleo y formación.

www.renfe.es

Empleo y Formación
OFERTA DE EMPLEO
  - Operador Comercial
  - Operador Mantenimiento
  - Maquinista de Entrada
Oferta de Empleo 2017
Contenido de la página
Convocatoria de Ingreso de Personal Laboral Fijo para consolidación de Empleo Temporal y Tasa de Reposición en el Grupo Renfe y constitución de Bolsas de Reserva
Puestos de Trabajo
Operador Comercial de Ingreso N2
Operador de Ingreso de Mantenimiento y Fabricación
Maquinista de Entrada
Convocatoria de Ingreso de Personal Laboral Fijo para consolidación de Empleo Temporal y Tasa de Reposición en el Grupo Renfe y constitución de Bolsas de Reserva (1).
La entidad pública empresarial Renfe Operadora, empresa matriz del Grupo Renfe, en uso de las facultades que tiene atribuidas en el marco establecido por el Real Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad; de acuerdo con las autorizaciones de los organismos correspondientes, procede a convocar ingreso de personal laboral fijo en el marco del proceso de selección para consolidación de empleo temporal y tasa de reposición aprobados, y para la constitución de las correspondientes bolsas de reserva de empleo, a fin de atender las necesidades de contratación fija o temporal para mantener la actividad productiva de los diferentes negocios del Grupo.
Estas bases tienen por objeto regular los aspectos comunes a los procesos de selección de personal laboral, tanto para cubrir puestos motivados por la tasa de reposición aprobada y de consolidación de empleo temporal, como para la constitución de bolsas de reserva para los procesos de selección en los que se especifique, que tendrán validez hasta el siguiente proceso selectivo para puestos similares, o como máximo hasta el 30 de junio de 2018.
El Grupo Renfe garantiza que los criterios de selección, tras respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad, promoverán el equilibrio de género, fomentando en lo posible el incremento del género subrepresentado dentro de su plantilla teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 20 de noviembre de 2014 por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre hombres y mujeres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos (2), y en línea con los cambios y avances en materia de igualdad de las personas LGTBI incorporadas a la legislación española en el ámbito autonómico, se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases.
Bases
Aclaración Aclaraciones a la Convocatoria de Ingreso de Personal Laboral Fijo para consolidación de Empleo Temporal y Tasa de Reposición en el Grupo Renfe y constitución de Bolsas de Reserva
Ante las dudas y consultas que se están recibiendo, se realiza la siguiente aclaración para información de todos los candidatos:
1) La "Valoración de Méritos" en todas las Convocatorias publicadas en la Oferta de Empleo 2017, se circunscribe a Trabajos Efectivos con relación laboral temporal vigente en el Grupo Renfe en puestos iguales a los ofertados, no acumulándose a periodos anteriores cuya vigencia haya finalizado con anterioridad al 14 de septiembre de 2017.
En ningún caso se valorará experiencia en puestos similares en Empresas que no formen parte del Grupo Renfe.
2) Los candidatos que participaron en la Oferta de Empleo 2016 y que presentaron la documentación compulsada notarialmente, pueden utilizar esa misma compulsa para la Oferta de Empleo 2017, no siendo necesario que realicen una nueva compulsa de la documentación para adjuntarla.
Puestos de Trabajo
Los puestos a convocar pertenecen a los siguientes subgrupos profesionales:
115 Operadores Comerciales de Ingreso N2.
115 Operadores de Ingreso de Mantenimiento y Fabricación.
375 Maquinistas de Entrada:
366 para Cuadros de servicio de tráficos de ámbito nacional.
9 para Cuadros de servicio de tráficos transfronterizos con Francia.
Los puestos de trabajo tendrán como referencia las condiciones laborales y retributivas establecidas en el I Convenio Colectivo del Grupo Renfe para cada uno de los subgrupos profesionales ofertados.
Del total de plazas convocadas, se reservan 2 plazas de Operador Comercial de Ingreso N2 para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2, del artículo 4, del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión, siempre que superen las pruebas selectivas y que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto convocado, por poseer las condiciones mínimas de capacidad médico-laboral establecidas en el convenio colectivo.
El Grupo Renfe podrá determinar la ubicación geográfica de los puestos convocados, atendiendo a las necesidades existentes, en el momento de la resolución de la convocatoria.
Requisitos generales de los solicitantes
Los requisitos que deben reunir los solicitantes a 14 de septiembre de 2017, y que deberán mantener en el momento de la formalización del contrato, para poder participar en la convocatoria son los siguientes:
Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE) n.º 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre.
También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, menores de veintiún años o mayores de dicha edad, que vivan a cargo de sus progenitores.
De igual forma, también podrán participar quienes, no estando incluidos en los anteriores apartados, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
Conocimiento adecuado del castellano. De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, los candidatos que no posean la nacionalidad española y no sea deducible de su origen el conocimiento adecuado del castellano no deberán realizar una prueba previa de conocimiento del mismo, ya que las pruebas selectivas establecidas en estas bases implican por sí mismas la demostración de su conocimiento.
Haber cumplido la edad legal de contratación prevista para cada puesto de trabajo.
Cumplir los requisitos contractuales conforme a la legislación vigente en materia de permisos de trabajo o cualquier otra que la sustituya.
Estar en posesión de la titulación académica exigida en las bases de cada una de las Convocatorias que se publiquen. Si la titulación fuera obtenida en el extranjero, deberá acreditar que está en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.
No estar separado del servicio o declarado “no apto” para el desempeño de las funciones esenciales del puesto ofertado, aunque sea temporalmente, ni haber sido despedido disciplinariamente por hechos acaecidos en el ámbito del Grupo Renfe.
No haber tenido un contrato de trabajo extinguido con el Grupo Renfe por dimisión expresa o tácita del trabajador o por la no superación del periodo de prueba, en ambos casos en un puesto similar al que opte en este proceso.
No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.
No hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
Cumplir con los requisitos establecidos legal y convencionalmente para los puestos de trabajo ofertados en la convocatoria.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración, organismo o empresa pública o participada por las mismas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el empleo de cargos públicos para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios, o para ejercer cualquier tipo de función en el caso del personal laboral.
En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida en su estado, en los mismos términos, el acceso a las funciones o puestos de trabajo públicos citados en el párrafo anterior.
No haber sido objeto de despido disciplinario ni hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio de funciones públicas, de conformidad con lo establecido en la ley 53/1984 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Acreditación de Requisitos
La acreditación de la titulación académica deberá realizarse aportando copia del Título compulsada notarialmente. En el caso de no estar en posesión del Título, durante el período de inscripción, deberá presentarse una certificación académica oficial compulsada notarialmente.
La acreditación de la experiencia profesional deberá ser demostrada documentalmente a través de:
a. Aportación del currículum vitae (CV), según modelo adjunto, con la descripción de funciones, acreditando experiencia y realización de tareas similares a las de los puestos ofertados.
b. Contratos de trabajo.
c. Certificado actualizado de la vida laboral.
Para que la experiencia profesional se tenga en cuenta en la valoración de méritos es necesario que se aporten los tres documentos.

Para acreditar los requisitos específicos que se exijan según la convocatoria, o que deban tenerse en cuenta para la valoración de méritos (título universitario y acreditación de nivel de idiomas), también deberá aportarse copia compulsada notarialmente de los originales en la inscripción.
Quedarán exentos de acreditar el cumplimiento de los requisitos académicos establecidos para el acceso a los puestos objeto de la presente convocatoria aquellos candidatos que se encuentren desempeñando la actividad propia de las plazas ofertadas y que cuenten con contrato en vigor formalizado con el Grupo Renfe derivado o en virtud de sentencias judiciales firmes.
Publicación
La convocatoria se publicará en la página web del Grupo Renfe, www.renfe.com, en el apartado Empleo y Formación, y en el portal corporativo Interesa.
Toda la información necesaria y derivada de la presente convocatoria se publicará, en su momento, en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa.
Admisión de solicitudes y plazo de presentación
El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día 15 de septiembre y finalizará el día 29 de septiembre de 2017, ambos incluidos.
Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente convocatoria.
Los candidatos presentarán su solicitud de participación a través de la página web del Grupo Renfe, www.renfe.com, en el apartado Empleo y Formación.
Candidatos con discapacidad:
Los candidatos que se presenten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán indicarlo en el cuestionario de inscripción, en el apartado “Grado minusvalía igual o superior al 33%”, marcando una de estas dos opciones:
Tengo minusvalía pero no preciso adaptación.
Tengo minusvalía y preciso adaptación: en este caso, el candidato deberá solicitar las necesidades específicas de adaptación y/o de ajuste de tiempo y medios que considere oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de igualdad. Además, con el fin de que el Tribunal que se constituya para cada convocatoria pueda resolver la solicitud planteada, el interesado deberá adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano Técnico de Valoración que determinó el grado de minusvalía.
Los candidatos deberán realizar un ingreso o transferencia, en la cuenta bancaria dispuesta por el Grupo Renfe, de diez euros (10 €) en concepto de “derechos de participación”, especificando el número de su DNI, Apellidos-Nombre del candidato (no el de la persona que pudiera realizar el ingreso) y la referencia de la convocatoria en la que participen en el campo de observaciones, debiendo realizar tantos ingresos como convocatorias a las que se presente como candidato.
Estarán exentos del pago de los “derechos de participación” aquellos aspirantes que, habiendo formado parte de las bolsas de reserva conformadas en la oferta pública de empleo de 2016, a fecha 14 de septiembre de 2017, tengan un contrato temporal en vigor con el Grupo Renfe en puestos similares al que se presentan con efectividad anterior a la finalización de la vigencia de las bolsas de reserva contempladas en las convocatorias de empleo de 2016 para el Grupo Renfe (30/06/2017), así como aquellos aspirantes que, no formando parte de las bolsas anteriormente citadas, mantengan vigente un contrato temporal para un puesto similar al que se presentan establecido con anterioridad al 30 de abril de 2017 y derivado de la participación en procesos de selección realizados por el Grupo Renfe con anterioridad a la Oferta Pública de Empleo 2016. No obstante, estos candidatos deberán inscribirse en la convocatoria y aportar la documentación que se les requiera en cada caso. Al inscribirse, en lugar de aportar el justificante de ingreso de los derechos de participación, deberán adjuntar copia de su carné de trabajador de Renfe.
En el caso de no haber realizado o acreditado el citado ingreso (cuya copia debe ser adjuntada de acuerdo a las instrucciones en el momento de la inscripción), y salvo que se esté exento de su abono según el párrafo anterior, no se considerará válida la inscripción en la convocatoria y, por tanto, el candidato será excluido del proceso.
De igual forma se procederá con los candidatos que habiendo realizado el ingreso no hayan formalizado la correspondiente inscripción dentro del plazo y por el canal establecido al efecto.
En ningún caso, el Grupo Renfe realizará la devolución del importe de los derechos de participación por la no obtención de plaza, por la no asistencia a las pruebas de selección, por no reunir o acreditar los requisitos de la convocatoria, o por abonar los derechos sin realizar la inscripción en la web del Grupo Renfe.
Datos de la cuenta bancaria:
Titular: Renfe Operadora.
IBAN: ES11 0182 2370 4702 0150 4934
Tribunal
Para la resolución de cada una de las convocatorias, se constituirá un Tribunal con las atribuciones y composición previstas en la Normativa Laboral vigente del Grupo Renfe.
El Tribunal de las convocatorias adoptará cuantas decisiones estime pertinentes para el correcto cumplimiento del proceso selectivo y resolverá todas las cuestiones que pudieran plantearse en el transcurso del proceso.
También, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Asimismo, adoptará las medidas precisas para que los candidatos con discapacidad gocen de análogas condiciones que el resto de los candidatos en la realización de las pruebas previstas.
A efectos de comunicaciones, que deberán realizarse por escrito, el Tribunal tendrá su sede en:
Grupo Renfe – Dirección General de Seguridad, Organización y Recursos Humanos.
Avda. Ciudad de Barcelona, 8, 4ª planta. 28007 Madrid
Proceso de selección
Para cada uno de los puestos ofertados por convocatoria, se establecen las fases, pruebas, valoración de méritos y normas de examen que se enuncian con carácter general en este apartado, así como las que con carácter específico se establecen en cada uno de los anexos correspondientes.
La puntuación global máxima que podrá obtenerse en el proceso de selección será de 100 puntos. El proceso de selección constará de las siguientes fases:
Primera fase: cumplimiento de requisitos y valoración de méritos
En esta fase, una vez cerrado el proceso de inscripción, se realizará la comprobación de requisitos, para la determinación de los candidatos admitidos a pruebas, y su correspondiente valoración de méritos.
Cumplimiento de requisitos
Se revisará la documentación aportada por el candidato para comprobar la acreditación de los requisitos de acuerdo a las bases de la convocatoria, determinando el estado de cada candidato (Admitido/Admitido provisional pendiente de subsanación/Excluido).
Valoración de méritos
Se realizará la valoración de los factores especificados en cada convocatoria, para esta fase del proceso. La puntuación máxima que podrá obtenerse por valoración de méritos será de 40 puntos (40% de la puntuación global máxima). En el caso de que algún candidato sobrepasara este valor con la suma de todos los factores, se considerarán sólo 40 puntos.
La fecha a considerar para la valoración de los méritos será la de 14 de septiembre de 2017. Los factores valorables, que figuran en cada convocatoria específica, son los siguientes:
Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal vigente en puestos similares al ofertado, en el Grupo Renfe, no acumulable con periodos anteriores.
Participación en acciones formativas realizadas en el Grupo Renfe, relacionadas con el puesto ofertado (becas formativas propias), a las que hayan tenido acceso a través de una convocatoria específica con criterios de igualdad, mérito y capacidad promovidas por el Grupo Renfe.
Nivel de conocimiento del idioma inglés según Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL), en caso de que así se indique en el apartado específico de valoración de méritos de cada convocatoria.
Titulaciones académicas según se indique en el apartado específico de valoración de méritos de cada convocatoria.
Se publicará en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa una relación provisional de candidatos inscritos con su estado en la convocatoria (Admitido/Admitido provisionalmente pendiente de subsanación/Excluido) y su valoración de méritos. En esta relación figurarán los motivos de exclusión y necesidad de subsanación. Se abrirá un plazo máximo de 7 días para la subsanación de la documentación y la formulación de alegaciones o reclamaciones, si las hubiere, por parte de los candidatos, mediante correo electrónico a la dirección especificada en cada convocatoria.
Tras la revisión de la documentación subsanada y las reclamaciones formuladas, se publicará en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa una relación definitiva de candidatos admitidos con su valoración de méritos y una relación definitiva de candidatos excluidos. Dicha publicación, hará las veces de comunicación al interesado de la resolución adoptada por el Grupo Renfe a su reclamación o subsanación.
El Grupo Renfe garantiza que los datos facilitados por los participantes gozarán de la protección derivada de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Segunda fase: pruebas presenciales y dinámicas de grupo o simulador de conducción
Las pruebas de esta segunda fase las realizarán los candidatos que hayan sido admitidos de forma definitiva.
Esta segunda fase consta de dos tipos de prueba, que tendrán carácter eliminatorio, y consistirán en:
2.1 Pruebas presenciales
Las pruebas presenciales consistirán en una prueba de conocimientos y una prueba psicotécnica, cuyo contenido y valoración se especifica en cada uno de los anexos de las convocatorias que se incluyen en estas bases. Será necesario superar estas pruebas presenciales para continuar en el proceso de selección. La puntuación máxima para este bloque de pruebas será de 60 puntos (60% de la puntuación máxima), de forma que para superarlas, los candidatos deberán obtener una puntuación mínima de 30 puntos.
Aquellos aspirantes que habiendo formado parte de las bolsas de reserva conformadas en la oferta pública de empleo de 2016, a fecha 14 de septiembre de 2017, tengan un contrato temporal en vigor con el Grupo Renfe en puestos similares al que se presentan con efectividad anterior a la finalización de la vigencia de las bolsas de reserva contempladas en las convocatorias de empleo de 2016 para el Grupo Renfe (como máximo el 30/06/2017), por aplicación de lo previsto en las citadas convocatorias, así como aquellos aspirantes que, no formando parte de las bolsas anteriormente citadas, mantengan vigente un contrato temporal para un puesto similar al que se presentan establecido con anterioridad al 30 de abril de 2017 y derivado de la participación en procesos de selección realizados por el Grupo Renfe con anterioridad a la Oferta Pública de Empleo 2016 tendrán convalidadas las pruebas presenciales del presente apartado con el máximo valor de la puntuación de la prueba.
Estas pruebas se podrán realizar en Madrid y Barcelona, y el lugar y fecha se comunicará a través de la publicación de las Normas de Examen para cada una de las convocatorias en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa.
Como resultado de lo anterior, se establecerá un listado ordenado según calificaciones y, en caso de empate, la ordenación con las calificaciones obtenidas se realizará atendiendo a los siguientes criterios:
En primer lugar, al género subrepresentado en el colectivo profesional de las plazas ofertadas.
En segundo lugar, a la mayor puntuación en la prueba de conocimientos.
En tercer lugar, si continuara persistiendo el empate, al orden alfabético del primer apellido, comenzando por la letra establecida para el ingreso de personal al servicio de la Administración General del Estado, que según Resolución de 18 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública (B.O.E. 20 de abril de 2017) cuyo resultado del sorteo para el orden de actuación de los candidatos en todas las pruebas selectivas en la Administración General del Estado, fue la letra “Ñ”, que será la que se establece como inicio de la citada prelación alfabética.
Se publicará en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa una relación provisional con las calificaciones obtenidas en estas pruebas para que, en el plazo de 7 días desde la publicación de la misma, los candidatos puedan efectuar, si las hubiere, reclamaciones/alegaciones, que se formularán mediante correo electrónico a la dirección especificada en cada convocatoria.
La publicación de la relación definitiva ordenada de mayor a menor, con la puntuación total de las pruebas presenciales y su valoración de méritos, hará las veces de comunicación al interesado de la resolución adoptada por el Grupo Renfe a su reclamación o subsanación.
2.2 Para las convocatorias de Operador Comercial de Ingreso N2, Operador de Ingreso de Mantenimiento y Fabricación: Dinámicas de Grupo
Se realizarán Dinámicas de Grupo en las que se evaluarán las competencias definidas para cada puesto, así como el conocimiento de idiomas, para el caso de las convocatorias en las que así se requiera.
Para las Convocatorias de Maquinista de Entrada (Tráficos de Ámbito Nacional y Tráficos Transfronterizos con Francia):
Prueba de simulador de conducción
Esta prueba tiene carácter eliminatorio en el caso de no superarse, siendo su calificación “APTO” o “NO APTO”.
Prueba oral de idioma francés (para convocatoria de Tráficos Transfronterizos con Francia).
Esta prueba evaluará el conocimiento del idioma francés a un nivel B1 o superior.
Esta prueba tiene carácter eliminatorio en el caso de no superarse, siendo su calificación “APTO” o “NO APTO”.
Se publicará en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa una relación provisional con las calificaciones obtenidas en estas pruebas para que, en el plazo de 7 días desde la publicación de la misma, los candidatos puedan efectuar, si las hubiere, reclamaciones/alegaciones, que se formularán mediante correo electrónico a la dirección especificada en cada convocatoria.
Resueltas las posibles reclamaciones o alegaciones, se publicará en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa una relación definitiva de candidatos que pasan a la fase final, conforme a los ratios especificados en cada convocatoria.
Tercera fase: Entrevista final
Entrevista personal
Esta prueba evaluará las competencias necesarias para el desempeño del puesto.
La calificación de esta prueba será de “APTO” o “NO APTO”.
La no superación tendrá carácter eliminatorio del proceso de selección. Para obtener la calificación de “APTO” los candidatos deben obtener una puntuación mínima de 20 puntos, conforme se detalla en los anexos de cada convocatoria.
En esta prueba, se valorarán aspectos tales como capacitación profesional, previsión de adaptación a las competencias del puesto y trayectoria en relación con los méritos alegados y funciones asignadas al puesto y previsión de adaptación del candidato al entorno profesional.
Del resultado de las entrevistas, se determinarán los candidatos que serán adjudicatarios de los puestos ofertados y la configuración de las bolsas de empleo que se acuerden.
Los candidatos que tengan en vigor una relación contractual de carácter laboral en el Grupo Renfe en puestos similares al que optan, estarán exentos de realizar pruebas presenciales, dinámicas de grupo, prueba de simulador y de idioma francés en conducción y entrevistas personales, según se determine en cada convocatoria.
Los candidatos que estén recibiendo formación como becario en el Grupo Renfe o sean adjudicatarios de una beca, por resolución de convocatoria al efecto, en puestos similares al que optan estarán exentos de realizar pruebas psicotécnicas.
Adjudicación de plazas
La ordenación de los participantes en función del puesto al que opte dentro de cada proceso selectivo se realizará de mayor a menor, de acuerdo con la puntuación total.
La adjudicación de plazas se realizará entre los participantes debidamente ordenados conforme a los criterios anteriormente descritos de la siguiente manera:
En primer lugar, para aquellas convocatorias donde se haya establecido reserva de plazas, se adjudicarán las plazas reservadas para candidatos con discapacidad con grado igual o superior al 33%.
En segundo lugar, se adjudicarán el resto de plazas de cada convocatoria hasta completar el número de plazas ofertadas.
La incorporación al Grupo Renfe de los candidatos seleccionados, que deberán mantener los requisitos exigidos para la convocatoria en el momento de la resolución del proceso selectivo, se llevará a cabo conforme a las siguientes modalidades, en función de la situación en la que se encuentre en el momento de la resolución final del proceso selectivo:
a) Si el candidato tiene relación laboral temporal vigente con el Grupo Renfe en puestos similares al ofertado, o ha realizado y superado una beca formativa adaptativa previa a su desarrollo laboral para el puesto ofertado, se incorporará al Grupo Renfe mediante un contrato laboral fijo.
b) En caso contrario, se le adjudicará una plaza de beca formativa, que tendrá una duración máxima de un mes para el caso de los Operadores Comerciales de Ingreso N2 y Operadores de Ingreso de Mantenimiento y Fabricación, y de 6 meses para los Maquinistas de Entrada. Una vez superadas las pruebas de competencia y capacidad durante el período formativo, se incorporarán al Grupo Renfe mediante un contrato laboral fijo. La realización y superación de esta acción formativa es condición necesaria e imprescindible para la futura contratación laboral. Durante el período formativo, se establece una ayuda económica de 645 euros mensuales.
En ningún caso el número de contratos o plazas de beca formativa que se formalicen podrá exceder del número de puestos de trabajo convocados una vez finalizado cada proceso selectivo.
Una vez adjudicadas las plazas, la asignación de residencia, que tendrá carácter transitorio debiendo participar en el primer proceso de movilidad que se produzca, así como el resto de situaciones que hayan de dirimirse entre los adjudicatarios, se harán conforme a las reglas previstas en la Normativa Laboral del Grupo Renfe para las situaciones de concursos y concurrencia con terceros.
Si el candidato seleccionado renuncia a la plaza o residencia asignada o no se incorpora al puesto de trabajo en el momento establecido o renuncia a la plaza de beca formativa concedida, será eliminado de la convocatoria.
Con los aspirantes que hayan superado todas las pruebas de selección y que, en base a los criterios de ordenación y adjudicación de plazas, no hayan obtenido plaza tanto de contrato de trabajo como de beca formativa, se conformarán las correspondientes bolsas de reserva para atender las necesidades de contratación fija o temporal, que serán de 25 plazas para la convocatoria de Operador Comercial de Ingreso N2, 25 plazas para las convocatorias de Operador de Ingreso de Mantenimiento y Fabricación que conformarán una bolsa de reserva única y no por especialidad, cuya distribución será determinada por la empresa en función de las futuras necesidades de contratación y de 80 plazas para la convocatoria de Maquinista de Entrada para cuadros de servicio de tráficos de ámbito nacional. Las bolsas de reserva que se crean para cada convocatoria tendrán validez hasta el siguiente proceso selectivo para puestos similares, o como máximo hasta el 30 de junio de 2018.
En el caso de que fuera necesario realizar incorporaciones de personal para mantener las actividades productivas del Grupo Renfe y se produjeran nuevas autorizaciones de contratación de personal por los organismos correspondientes estando vigentes las bolsas de reserva creadas al efecto (máximo hasta el 30 de junio de 2018), los aspirantes que conformen las citadas bolsas de reserva de empleo podrán ser contratados, previa adjudicación de una plaza de beca formativa cuyas pruebas de competencia y capacidad deberán ser superadas. Los aspirantes que conformen estas bolsas de reserva y, derivado de las necesidades productivas, se les establezca una relación laboral contractual, quedarán eximidos de la realización de nuevas pruebas de selección para consolidación de empleo, en el caso de que se mantenga la relación laboral.
Adicionalmente, y por estricto orden de puntuación global, para las convocatorias de Operador Comercial de Ingreso N2 y Operador de Ingreso de Mantenimiento y Fabricación, se conformarán unas bolsas de reserva adicionales que serán de 30 plazas para cada una de ellas, para que, previa autorización de contratación por los organismos correspondientes, den cobertura a mayores necesidades no cubiertas con la bolsa principal y que tendrán validez hasta el siguiente proceso selectivo para puestos similares, o como máximo hasta el 30 de junio de 2018. Las contrataciones temporales que pudieran realizarse a los integrantes de estas bolsas adicionales, no eximen de la participación y superación del proceso de selección para consolidación de empleo que en el futuro pudiera convocarse.
Si el adjudicatario de plaza se encontrara trabajando en el Grupo Renfe mediante un contrato temporal, la adjudicación del contrato indefinido comportará asimismo la extinción de la relación laboral anterior y su eliminación del resto de convocatorias promovidas por el Grupo Renfe, así como de sus respectivas bolsas de empleo.
Los candidatos seleccionados deberán superar el reconocimiento médico de ingreso en la Empresa, específico para cada puesto ofertado, con excepción de los que expresamente sean excluidos de su realización por mantener relación contractual de carácter laboral con el Grupo Renfe en puestos similares a los puestos ofertados y acrediten haber superado un reconocimiento médico en el Grupo Renfe, para el puesto al que optan, en los 6 meses anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Para consolidar la plaza adjudicada los trabajadores deberán superar un periodo de prueba de 2 meses.
(1) A los efectos de esta convocatoria, se entiende por Grupo Renfe: La Entidad Pública Empresarial Renfe Operadora y las Sociedades Mercantiles Estatales (Renfe Viajeros SME S.A., Renfe Mercancías SME S.A., Renfe Fabricación y Mantenimiento SME S.A. y Renfe Alquiler de Material Ferroviario SME S.A.).
(2) Esta convocatoria, tal y como plantea la Real Academia Española (RAE), utiliza el término masculino como género gramatical no marcado e inclusivo, es decir, están incluidos los individuos de ese género, pero también el femenino, tanto en plural como en singular, sin que esto pueda entenderse discriminación alguna. De igual forma, se actuará en las resoluciones del proceso selectivo que se deriven de la presente convocatoria.

lunes, 18 de septiembre de 2017

Fechas de examen convocatoria Auxiliar Educador.


Convocatoria Auxiliar Educador.

En BOPA de 17 de agosto se publica Resolución de 7 de agosto de 2017, de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas, la designación del Tribunal Calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de treinta y tres plazas de la Categoría Auxiliar Educador, Grupo D, en turno de acceso libre y de promoción interna, en régimen de personal laboral fijo (BOPA de 18 de abril de 2017)

ENLACE


PROPUESTA SUBIDA SALARIAL 2018…al final, ¡más de lo mismo!

PROPUESTA SUBIDA SALARIAL 2018…al final, ¡más de lo mismo!

Desde FEP-USO, consideramos la propuesta del Ministro Montoro, como un golpe bajo a las expectativas de los empleados públicos, que durante años han sufrido bajadas salariales y congelaciones, y pocas o ninguna, subida por encima IPC.

El PIB es un índice inestable debido a la cantidad de parámetros que lo compone. En resumidas cuentas, es la suma de los siguientes índices:

PIB=C+I+G+X-M

Dónde C es el Consumo, I la inversión, G el gasto público, X las exportaciones y M las importaciones.

Todo esto es lo que supone el PIB, además el Ministro Montoro asegura que el PIB, crecerá un 2,6% en 2018, un 2,5% en 2019 y un 2,4% en 2020, esa es la previsión…que por desgracia, muchas, muchas veces ha sido errónea.

Lo cierto es que hemos perdido poder adquisitivo por encima de la media del Sector privado, superando los 16 puntos en los últimos diez años.

El objetivo cuando menos, es conseguir recuperar las pérdidas acumuladas, y que no vuelva a pasar en el futuro.

Creemos que es necesario adoptar medidas salariales, que impidan esto, y para ello, la única solución definitiva sería abordar la estructura salarial de los empleados públicos, dotándola de mecanismos de revisión salarial automáticos. Incentivando la permanencia en la Administración, recompensando la profesionalidad y la formación laboral con el paso del tiempo. Esta sería la solución definitiva, que no dependería tanto de las decisiones de los políticos de turno.

Desde la FEP-USO, creemos que en ningún caso la subida salarial para el 2018, debe estar por debajo del 10%, y también debemos denunciar este circo de “negociaciones ficticias” (al final será lo que quiera Hacienda), ya que solo produce unas expectativas falsas entre los empleados públicos, y que a los sindicatos “representativos” les gusta tanto representar.

¡Menos “teatro negociador”, y más subidas reales!!

Enlace

miércoles, 13 de septiembre de 2017

Reducción de jornada para las fiestas de San Mateo en Oviedo.

Resolución de 31 de agosto de 2017 por la que se autoriza la reducción de jornada en una hora durante la semana grande de fiestas de San Mateo en Oviedo.

sábado, 9 de septiembre de 2017

Concurso para la provisión de puestos de trabajo en el C.G.P.J.

En el B.O.E. del 4 de septiembre, se ha publicado el acuerdo  de 17 de agosto de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial por el que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el C.G.P.J.

http://www.boe.es/boe/dias/2017/09/04/pdfs/BOE-A-2017-10170.pdf

En este concurso podrán participar los funcionarios de carrera de las Administraciones Públicas pertenencientes o integrados en cuerpos y escalas clasificados en el subgrupo "C1", así como funcionarios/as de carrera pertenencientes a los cuerpos y escalas de Gestion Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia que reunan las condiciones generales y requisitos determinados en la convocatoria.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el B.O.E.

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