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viernes, 13 de junio de 2014

El fallecimiento de un trabajador no extingue su derecho a las vacaciones anuales retribuidas.

El fallecimiento de un trabajador no extingue su derecho a las vacaciones anuales retribuidas.

El Derecho de la Unión se opone a las normativas y prácticas nacionales que no permitan la compensación financiera por las vacaciones no disfrutadas en caso de fallecimiento del trabajador

La Directiva relativa a la ordenación del tiempo de trabajo  establece que todos los trabajadores dispondrán de un período de al menos cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas y que dicho período no podrá ser sustituido por una compensación financiera, salvo en caso de conclusión de la relación laboral.
El Sr. B trabajó en la empresa K+K entre el 1 de agosto de 1998 y el 19 de noviembre de 2010, fecha de su fallecimiento. Desde 2009 sufría una enfermedad grave, por la que se le concedió la baja laboral hasta la fecha de su muerte. En esa fecha, el Sr.  había acumulado 140,5 días de vacaciones anuales no disfrutadas.

La viuda del Sr. B reclamó a K+K una compensación financiera correspondiente a las vacaciones anuales no disfrutadas por su marido. La empresa rechazó la solicitud, manifestando sus dudas acerca de que la compensación financiera pudiera transmitirse por vía sucesoria.
Al conocer del asunto, el Landesarbeitsgericht (tribunal de apelación de asuntos laborales, Alemania) pregunta al Tribunal de Justicia si conforme al Derecho de la Unión cabe admitir una normativa o unas prácticas nacionales que establecen que, en caso de que la relación laboral concluya como consecuencia del fallecimiento del trabajador, el derecho a las vacaciones anuales retribuidas se extingue sin dar derecho a una compensación financiera por las vacaciones no disfrutadas. También pregunta si ese derecho está supeditado a que el trabajador solicite la compensación previamente.

En su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia recuerda  que el derecho a las vacaciones anuales retribuidas es un principio de Derecho social de especial importancia y que el derecho a las vacaciones anuales y el del pago correspondiente a las mismas constituyen dos vertientes de un único derecho.

El Tribunal de Justicia ya ha declarado que, cuando la relación laboral finaliza, el trabajador tiene derecho a una compensación para evitar que se impida cualquier disfrute del derecho a las vacaciones.  El Derecho de la Unión se opone a disposiciones o prácticas nacionales en cuya virtud no se paga una compensación financiera al trabajador al finalizar la relación laboral, cuando éste, debido a una enfermedad, no ha podido disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas.

El Tribunal de Justicia señala que la expresión «vacaciones anuales retribuidas» significa que la retribución del trabajador debe mantenerse mientras duren las vacaciones anuales.

El derecho a una compensación financiera en caso de que la relación laboral concluya como consecuencia del fallecimiento del trabajador garantiza el efecto útil del derecho a las vacaciones. El hecho de que la muerte del trabajador se produzca de modo fortuito no debe implicar retroactivamente la pérdida del derecho a las vacaciones anuales retribuidas.

En consecuencia, el Tribunal de Justicia declara que el Derecho de la Unión se opone a normativas o prácticas nacionales que establecen que, cuando la relación laboral concluye como consecuencia del fallecimiento del trabajador, el derecho a las vacaciones anuales retribuidas se extingue sin dar derecho a una compensación financiera por las vacaciones no disfrutadas.

Por otro lado, el Tribunal de Justicia declara quedicha compensación no puede supeditarse a que el interesado la solicite previamente.

Se contrata los servicios informaticos relativos al análisis, diseño, construcción e implantación de mantenimientos evolutivos en la aplicación informática Carrera Horizontal en la Administracion del Principado de Asturias.

Consejería De Economía Y Empleo
Contratación de los servicios informáticos relativos al análisis, diseño, construcción e implantación de mantenimientos evolutivos en la aplicación informática Carrera Horizontal para la Administración del Principado de Asturias y sus Organismos Autónomos. Expte. 38/2014. [Cód. 2014-09809]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (184 Kb)  

Nombramientos, situaciones e incidencias, Oposiciones y concursos

Boletín Oficial del Estado: viernes 6 de junio de 2014, Núm. 137

 

II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias  

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
Destinos
MINISTERIO DEL INTERIOR
Destinos
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO
Destinos
MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
Destinos

II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Personal funcionario y laboral
UNIVERSIDADES
Cuerpos docentes universitarios

Aprobación de la plantilla de personal funcionario y laboral del Ayto de Salas.

De Salas
Anuncio. Aprobación inicial del Presupuesto General, las bases de ejecución, y la plantilla de personal funcionario y laboral, ejercicio 2014. [Cód. 2014-09797]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (112 Kb)  

Nombramientos, situaciones e incidencias, Oposiciones y concursos.

Boletín Oficial del Estado: jueves 5 de junio de 2014, Núm. 136


II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Nombramientos
  • Resolución de 4 de junio de 2014, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se nombra Subdirector General de Logística del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales a don Emilio Martín Bauza.
MINISTERIO DEL INTERIOR
Nombramientos
Destinos
UNIVERSIDADES
Nombramientos

II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo de Secretarios Judiciales
  • Orden JUS/924/2014, de 3 de junio, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/810/2014, de 7 de mayo, por la que se convoca concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Secretarios Judiciales.
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado
  • Orden HAP/925/2014, de 27 de mayo, por la que se publica la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para acceso, por promoción interna para personal funcionario y para personal laboral fijo, al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Nombramientos, situaciones e incidencias, Oposiciones y concursos.

Boletín Oficial del Estado: miércoles 4 de junio de 2014, Núm. 135


II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
Destinos
  • Acuerdo de 29 de mayo de 2014, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso de méritos convocado por Acuerdo de la Comisión Permanente de 20 de marzo de 2014, para la provisión de puesto de trabajo de Inspector Delegado en el Servicio de Inspección.
MINISTERIO DE JUSTICIA
Situaciones
CONSEJO DE ESTADO
Nombramientos

II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE DEFENSA
Personal estatutario de los servicios de salud
  • Resolución 432/38048/2014, de 29 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral fijo del área funcional de actividades específicas del Hospital General Básico de la Defensa "San Carlos", en San Fernando, Cádiz.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Personal funcionario
Personal funcionario y laboral

Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayto de Valdes.

De Valdés
Resolución de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo. [Cód. 2014-09633]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (150 Kb)  

Aprobación de bases para la elaboración de una bolsa de trabajo en la categoría de Peones de Servicios Múltiples del Ayto de Tineo

De Tineo
Anuncio. Aprobación de bases para la elaboración de una bolsa de trabajo en la categoría de Peones de Servicios Múltiples. [Cód. 2014-09749]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (305 Kb)  

Lista definitiva de admitidos y excluidos para provisión de una plaza de Agente de Policía Local del Ayto de Ribadesella.

De Ribadesella                                   
Anuncio. Lista definitiva de admitidos y excluidos para la provisión de una plaza de Agente de Policía Local. [Cód. 2014-09702]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (112 Kb)

Modificación del Convenio Colectivo de Bomberos del Principado de Asturias

Boletín Nº 128 del miércoles 4 de junio de 2014


I. Principado de Asturias

OTRAS DISPOSICIONES
Consejería De Economía Y Empleo                                   
Resolución de 21 de mayo de 2014, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se ordena la inscripción del acuerdo de modificación del Convenio Colectivo de Bomberos del Principado de Asturias, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de la Dirección General de Trabajo. [Cód. 2014-09538]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (193 Kb)  
                                   

martes, 3 de junio de 2014

Boletín FEP-USO Digit@l Mayo 2014

Boletín FEP-USO Digit@l Mayo 2014 
 
                                     

Ley de Mutuas: el Gobierno anuncia que ahorrará 227 millones de euros a costa de nuestra salud.

Ley de Mutuas: el Gobierno anuncia que ahorrará 227 millones de euros a costa de nuestra salud

El gobierno acaba de enviar a Bruselas el Programa Nacional de Reformas para 2014, por el cual anuncia a Europa la inminente aprobación del Real Decreto de Gestión y Control de la Incapacidad Temporal y de la nueva Ley de Mutuas.

En dicho Plan, el Ejecutivo de Rajoy afirma que las nuevas competencias de las Mutuas en materia de Incapacidad Temporal por Enfermedad Común supondrán un ahorro pa-ra la Seguridad Social de 277 Millones de Euros, principal-mente por acortamiento de las bajas.
Con el argumento de racionalizar la gestión de la de la Inca-pacidad Temporal (IT), las Mutuas podrán proponer el alta en Enfermedad Común desde el primer día de baja. Además las podrán adelantar asistencias, tratamientos o pruebas, a los trabajadores que tengan asegurados, cuando éstos se encuentren de baja por enfermedad común. El pro-blema es que el que va a asumir el coste es el Sistema Na-cional de Salud, que pagará a las Mutuas por estas asisten-cias.


El objetivo de estas medidas no es sólo la contentar a Bru-selas, sino también a la patronal, que no se cansa de hablar de los supuestos elevados niveles de absentismo y de la necesidad de que la Seguridad Social gaste menos en pres-taciones de Incapacidad Temporal, para así reducir las coti-zaciones sociales que pagan las empresas por sus asalaria-dos.

Por todo esto desde la USO pedimos la retirada del Antepro-yecto de Ley de Mutuas y del Real Decreto de Gestión y Con-trol de la IT que además de poner en riesgo la recuperación de trabajadores y trabajadoras ante los problemas de salud que puedan sufrir, otorgan a entidades privadas competen-cias que sólo debe tener el Sistema Público de Salud.



http://www.fep-uso.es/attachments/article/4561/USD_454.pdf

Importante sentencia que permite compaginar empleo público y empleo privado.

FEP-USO:Importante sentencia que permite compaginar empleo público y empleo privado  

Una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número. 7 de Barcelona, permite a un empleado público compaginar su trabajo con otro empleo para compensar así los recortes salariales sufridos en los últimos años, basándose en que las rebajas salariales y congelaciones hacen necesaria una interpretación más flexible de la regulación sobre incompatibilidades en el sector público.
El demandante es un agente de la Guardia Urbana de Barcelona que había solicitado compaginar su actividad principal con otra como abogado, al que el Ayuntamiento de Barcelona negó esta posibilidad por silencio administrativo en aplicación la Ley 53/1984 sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
La sentencia dictamina que  la regulación señala que en los supuestos de incompatibilidad por desempeño de otra actividad en el sector privado, caben dos supuestos. El primero, que ambas actividades sean la misma, aunque en diferentes ámbitos, lo que sería incompatible.
Para el resto de las actividades privadas que no tengan nada que ver con la que se desempeña en la función pública la regla general es la compatibilidad, pero se exige su previo reconocimiento, algo que no hizo el Ayuntamiento de Barcelona.
La sentencia menciona también una serie de sentencias previas que dieron vía libre a este tipo de compatibilidad e incluso jurisprudencia del Tribunal Supremo que ratificaba la posibilidad de ejercer la abogacía a un agente de la Guardia Civil, cuerpo en el que la restricción es todavía mayor a la de los policías locales.
El juez argumenta que "la función pública española ha retrocedido a los niveles retributivos propios de los años 2003 y anteriores", con una caída de entre el 8% y el 20%, desde la primera congelación salarial en 1996, para cumplir los criterios de convergencia para la entrada en el euro, pasando por la bajada salarial de entre el 5% y el 10%, en mayo de 2010, y continuando con las sucesivas congelaciones, con lo que ya no es una "remuneración suficiente".
"Es evidente que lo que era suficiente en 2003 y en años anteriores no puede serlo en modo alguno en 2012. Ante ello seguimos teniendo con plena vigencia normas como la Ley socialista 53/1984 de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, que parten de un supuesto que sencillamente no se da, y es el de que no se puede (como regla general) desempeñar puesto de trabajo distinto que el ocupado en la función pública", señala.
El juez considera que "cuando las retribuciones de los funcionarios son usadas, congeladas y reducidas por los gobiernos de la Nación como un elemento más de política económica, ya no puede seguir sosteniéndose una aplicación a rajatabla de normas como la Ley de Incompatibilidades de 1984, porque los presupuestos de los que la misma parte no existen en la realidad de la actual función pública española".
La sentencia concluye que "lo que no pueden pretender las distintas Administraciones Públicas es tener a un personal al cual se le está exigiendo cada vez más pagándole menos, y mantener a su vez un régimen de incompatibilidades que resulta (valga la redundancia) incompatible con la realidad social actual". "Como dice el refrán castellano, estamos ante la situación del perro del hortelano, que ni come la hierba ni deja de comerla", añade.
 

Nombramientos, situaciones e incidencias, Oposiciones y concursos.

Boletín Oficial del Estado: martes 3 de junio de 2014, Núm. 134


II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
Destinos
MINISTERIO DE JUSTICIA
Nombramientos
  • Orden JUS/910/2014, de 5 de mayo, por la que, en estimación de recurso, se nombra funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, en relación al proceso selectivo convocado por Orden de 30 de agosto de 1991.
MINISTERIO DEL INTERIOR
Nombramientos
  • Resolución de 16 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo Nacional de Policía, Escala Básica, segunda categoría a los Policías Alumnos que han superado el proceso selectivo reglamentariamente establecido.
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Destinos
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
Destinos
  • Resolución de 23 de mayo de 2014, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve la convocatoria del concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la oficina judicial en La Seu d'Urgell, convocados por Resolución de 29 de abril de 2014.
UNIVERSIDADES
Nombramientos

II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia
  • Orden JUS/912/2014, de 13 de mayo, por la que, en ejecución de sentencia, se nombra el Tribunal Calificador en relación con las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocadas por Orden JUS/1654/2010, de 31 de mayo.
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado
  • Resolución de 29 de mayo de 2014, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan pruebas para la obtención de la especialidad de Administración Tributaria en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado.
MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social
  • Orden ESS/913/2014, de 26 de mayo, por la que se publica la relación definitiva de aspirantes aprobados en la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, convocado por Orden ESS/1714/2013, de 17 de septiembre.
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Personal funcionario y laboral

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