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sábado, 7 de julio de 2012

Reunión de la Junta de Personal con el nuevo Director General de Función Pública (28/06/2012).

  El 28 de junio, la Junta de Personal ha celebrado su primera reunión con el nuevo Director General de la Función Pública, José Mª González Gancedo. Aunque en principio se trataba de una reunión informal, fundamentalmente para establecer una dinámica de funcionamiento con reuniones entre las partes de carácter mensual a las que se compromete a asistir personalmente y participar activamente en la consecución de acuerdos, lo cierto es que la Junta de Personal ha aprovechado la ocasión para recabar información acerca de los distintos asuntos que atañen al personal de esta Administración y que, un día antes, el Presidente del Gobierno del Principado de Asturias presentó en su Plan de Ajuste .
     Lo que sigue es, a grandes rasgos, la información que se les ha dado al respecto de las cuestiones que en esta primera cita fueron abordadas.
 1.- SEPEPA: Situación del colectivo de promotores de empleo.

El asunto de este colectivo de 23 trabajadores, por su urgencia -si no cambia su situación, cesaría el próximo 30 de junio-, fue el primer asunto por el que se le preguntó al nuevo Director de la Función Pública. Aunque, en un principio el texto que regulaba su contratación establecía que trabajarían hasta el 31/12/2012, lo cierto es que el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado acorta su duración hasta la mencionada fecha. Al respecto, se nos dijo desconocer el asunto, pero se comprometió a informarse inmediatamente  y a trasladarnos en qué punto está. No obstante, nos advirtió de que si se tratan de contratos financiados con arreglo al dinero estatal y éste no llegaba, pues que el cese sería efectivo en esa fecha, salvo que, el texto de la Ley de Presupuestos Generales del Estado sufriera alguna enmienda al respecto dado que todas las Comunidades Autónomas, incluida la de Asturias, habían solicitado al Estado que se modificara para prorrogar la continuidad de ese Plan y, por tanto, de esos trabajadores.
2.- Aumento de la jornada laboral del personal de la Administración Autonómica.

Desde Función Pública se  informa de que efectivamente se nos aplicará a todo el personal el aumento de jornada laboral establecido por el Ejecutivo central como ley de carácter básica en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado -Disposición Adicional Septuagésima segunda-.
Tras insistir en que la situación es “muy grave”y que tendremos que adaptarnos todos a ella de la mejor manera posible, señaló que el aumento de jornada laboral es “lo menos malo”que nos va a suceder y que desde Función Pública se va a hacer un esfuerzo para implantarla lo más rápidamente posible.
Con respecto al personal funcionario se modificará el Decreto 6/2004 que regula el régimen de jornada, horario, permisos, licencias y vacaciones del personal de la Administración del Principado de Asturias. Con respecto al personal laboral, habrá que modificar el Capítulo V del vigente Convenio Colectivo -Jornada y horario de trabajo- y llegar a un acuerdo en Mesa General de Negociación. La idea de la Administración es
un aumento lineal de la jornada laboral en 2 horas 30 minutos, es decir, los que trabajan ahora 35 horas semanales pasarán a trabajar 37 horas y 30 minutos, y los que trabajan ahora 37 horas y 30 minutos pasarán a trabajar 40 horas. Aunque, en principio sí se compromete a negociar la parte fija y la parte flexible del nuevo horario, Función Pública es más partidaria de modificar el mencionado Decreto a la mayor brevedad
posible y en el menor grado posible para adaptarla inmediatamente a Ley estatal, pudiendo comenzar paralelamente la negociación de un nuevo Decreto de jornada, horario, permisos, licencias y vacaciones del personal que pudiera recoger aspectos como la jornada laboral de verano u otros que se consideren susceptibles de modificarse para mejorar.
3.- Reducción de 1.000 empleos temporales en la Administración.

El Director General de Función Pública insiste en el hecho de que no se trata de“cesar” 1.000 trabajadores interinos o temporales de los distintos ámbitos de la Administración, sino que, con el aumento de la jornada laboral, la Administración va a tener menos necesidades de contratación y estima que ésta va a reducirse en unas 1.000 personas. Se insiste en la idea de que no es lo mismo cesar que no contratar.
Ante una situación que insiste en calificar una y otra vez de “crítica”, desde Función Pública se considera ésta como una medida de ahorro efectiva, quizás no tanto en la Administración “pura”(en los servicios administrativos) pero sin duda importante en los servicios asistenciales (en el SESPA, en el ERA, en Servicios Sociales, etc.), donde se produce habitualmente el mayor número de contrataciones. En estos ámbitos, en teoría, el aumento de jornada laboral de cada 15 trabajadores supondrá una contratación menos.
Por otra parte, desde la Administración se nos parece insinuar quizás una reordenación de personal o quizás la generalización de aquella asignación temporal de funciones, pues aunque no lo dicen claramente, sí advierte de que en determinados ámbitos -contratación, subvenciones, etc.- el trabajo disminuirá mucho y que la
Administración deberá tomar medidas para repartir el trabajo existente en los distintos servicios, con la consiguiente reducción en la contratación de personal temporal o interino en aquéllos, que sin duda se reducirá al mínimo.
5.-Congelación de la Oferta de Empleo Público.

El Director General de Función Pública informa de que, tal y como anunció el Presidente del Gobierno de Asturias, no va a haber ninguna nueva Oferta de Empleo Público. Con respecto a los procesos pendientes, deberá ser el I.A.A.P. “Adolfo Posada” el organismo que establezca las pautas necesarias.
6.-Control del absentismo laboral. Complemento de incapacidad temporal.

Desde la Administración se nos informa de que el número que maneja de absentismo del personal es lo suficientemente alto como para estudiar “en serio”una medida que ya ha sido adoptada en otras Comunidades Autónomas. Aunque la Junta de Personal insistió en reforzar la inspección médica como única medida para controlar el absentismo laboral, para evitar así además que “paguen justos por pecadores”, lo cierto es que la Administración parece estar considerando muy seriamente la reducción, aunque no ha concretado en qué porcentaje, del complemento de incapacidad temporal que aporta la Administración Autonómica y que nos permite cobrar el 100% de las retribuciones en situación de baja laboral.
7.- Plan de Ajuste: Otras medidas de austeridad.

 -.Revisión de las acciones formativas en horario laboral. Aunque se nos señala de que es un tema ajeno a Función Pública y quien debe de estudiarlo es el Consejo Rector del I.A.A.P. “Adolfo Posada”, lo cierto es que se nos deja “caer”el comentario de que existen muchos cursos de formación que no pasaría nada si el personal los realizara fuera del horario laboral. Os mantendremos informados de lo que suceda al respecto.
-.Supresión de los incentivos a la jubilación y revisión de la discrecionalidad de jubilarse más allá de la edad legal de jubilación.
8.- Jefaturas de Servicio: provisión por libre designación.

El Director General de Función Pública manifiesta su intención de que los puestos de coordinadores y/o responsables sí sean provistos por concurso. Sin embargo, nos recuerda que la forma de provisión por libre designación de las Jefaturas de Servicio viene regulada por la “famosa” Ley del Principado de Asturias 14/2010, de 28 de diciembre, de octava modificación de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación
de la Función Pública (BOPA 31/12/2010). No es partidario de cambiar la forma de provisión por libre designación de los puestos mencionados pero manifiesta su deseo de mejorar ese procedimiento. En este sentido, lo que pretende es elaborar una ficha de cada Jefatura de Servicio, al igual que ya existe para el resto de los puestos, en la que se describa las funciones del puesto y los requisitos y características necesarias para
desempeñar ese puesto -perfil-, de tal manera que cuando se convoque la provisión de ese puesto se haga en virtud de los requisitos establecidos en la ficha y en virtud a esos mismos requisitos se tenga que motivar la elección de uno de los candidatos. Desde la Administración se insiste en señalar la objetividad de este procedimiento en lugar de la arbitrariedad de hacerlo conforme a unas bases establecidas en la convocatoria misma de provisión del puesto.
Desde La Junta de Personal se pregunta a la Administración si no pretende cumplir la Sentencia del Tribunal Supremo al respecto de la utilización de la libre designación para proveer las Jefaturas de Servicio. Ésta entiende que la Sentencia es anterior a la modificación de la Ley que ahora establece qué puestos deben de ser provistos mediante libre designación.
¡Ya veremos qué entienden los Tribunales de Justicia a este respecto!
En esta línea, pues, se nos responde concretamente que no es prioridad de esta Administración modificar aquella Ley del Principado de Asturias 14/2010, aunque sí perfeccionar el procedimiento de provisión de libre designación...
9.- Relación de Puestos de Trabajo de Personal Funcionario.( R.P.T.)

Para poder llevar a cabo los nombramientos de las Jefaturas de Servicio, el propósito de Función Pública es publicar durante el próximo mes de julio una R.P.T.reducida, limitada a esos puestos y a los de Secretaría de Despacho.
Su compromiso es comenzar, a continuación, sin demora, con la elaboración de una R.P.T. general en la que se intentará resolver los distintos problemas que presenta la actual, y  cuyo estudio se realizará conjuntamente con la Junta de Personal.
10.- Concurso de Secciones II.

Desde La Junta de Personal se informa a Función Pública que aún no ha solicitado la ejecución de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que obligaba a convocar nuevamente el Concurso de Secciones II por cuanto estaba a la espera del nombramiento del nuevo Director de la Función Pública para conocer su posición al respecto.
En este asunto, por el contrario, sí es partidario de modificar el procedimiento para proveer los puestos de trabajo incluidos en Concursos de Méritos para poder convocar después el mencionado Concurso de Secciones II sin tener que recurrir al sistema de memorias y entrevistas. Para ello es su deseo acordar con la Junta de Personal un procedimiento fácil y rápido, más objetivo, que no tenga nada qué ver con el actual, cuya elaboración se acometa sin más demora, que dé la seguridad jurídica de la que ahora parecemos carecer. Un procedimiento que incluso permita convocar los concursos por áreas o por Consejerías. Una vez acordado, se incluiría esa modificación en una Ley de Medidas o en una Ley de Acompañamiento de Presupuestos, lo que permitiría después la convocatoria pendiente del Concurso de Secciones II.
11.- Varios.

Asimismo, el Director General de Función Pública nos traslada su intención de retomar asuntos como el proceso de funcionarización de determinadas categorías profesionales de personal laboral o como la búsqueda de una solución definitiva para las “escalas a extinguir”.
Próximamente, en la primera quincena de julio, la Junta de Personal celebrará una nueva reunión con el Director General de Función Pública para abordar ya la solución de algunos temas concretos pendientes y para tratar de las primeras gestiones acerca de los asuntos  hoy tratados

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