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martes, 30 de septiembre de 2014

CONFLICTO COLECTIVO EN RECLAMACION DÍAS CANOSOS ÁMBITO CONVENIO ÚNICO AGE

CONFLICTO COLECTIVO EN RECLAMACION DÍAS CANOSOS ÁMBITO CONVENIO ÚNICO AGE:

Ayer se celebró, en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, la Conciliación Previa y posterior Juicio Oral del Conflicto Colectivo interpuesto en Reclamación de los días de Asuntos Particulares y de Vacaciones por antigüedad, que nos fueron suprimidos por el RDL 20/2012 de 13 de Julio.

En este Procedimiento, iniciado a instancia de varias Organizaciones Sindicales, se ha personado también la FEP-USO, representada por su Asesoría Jurídica. Dada la palabra a las distintas partes intervinientes, por parte de USO se procedió a adherirse a las pretensiones de la Demanda solicitando se dictara Sentencia estimatoria de la misma, en la que se reconociera el derecho del Personal Laboral incluido en el ámbito de aplicación del Convenio Único al disfrute de los citados días que estuvieran consolidados a la entrada en vigor del Real Decreto Ley que los suprime.

Por su parte, la Abogacía del Estado fue muy taxativa en su intervención, oponiéndose a la Demanda, argumentando de contrario, y solicitando Sentencia desestimatoria.

Como ya adelantamos en anteriores Notas Informativas sobre esta cuestión, desde la FEP-USO consideramos precipitado, y un tanto temerario, la presentación de un Conflicto Colectivo en un ámbito tan importante como es el del Convenio Único de la AGE, por lo menos hasta que no estuviera el tema más maduro, y no se hubiéramos obtenido previamente otras Sentencias estimatorias a nuestras pretensiones, en Órganos Judiciales menores, como Juzgados de lo Social y/o Tribunales Superiores de Justicia.

Recurrir a un Conflicto Colectivo de estas características, ante la Audiencia Nacional, es a nuestro entender muy arriesgado, porque supone jugárselo todo a una sola carta... Pues si el Conflicto se perdiera, o simplemente, se acogiera la pretensión de algunos demandantes de elevar Cuestión de Constitucionalidad al Tribunal Supremo sobre esta cuestión, la Sentencia que aquí pudiera recaer condicionaría negativamente el derecho de miles de Empleados Públicos para poder acudir a los Juzgados de lo Social en de-manda del reconocimiento del disfrute de los citados días, viéndose abocados a su desestimación, o en el mejor de los casos, a la suspensión del Procedimiento, sine die...

Y es justamente esta preocupación -no condicionar innecesariamente el derecho de muchos compañeros- la que nos movió a diseñar una estrategia en la que la incoación de Conflictos Colectivos ante la Audiencia Nacional quedaba relegada a una fase posterior.

No obstante en la FEP-USO esperamos que las justas pretensiones de los Empleados Públicos sean estimadas, y que nos sea reconocido el derecho a disfrutar de los días de Asuntos Particulares y de Vacaciones por antigüedad ya consolidados a la entrada en vigor del RDL 20/2012, y que las ansias de protagonismo y precipitación de algunos por apuntarse el tanto de ser los primeros, finalmente no se vuelva en contra de los Empleados Públicos incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio Único de la Administración General del Estado.

Seguiremos informando.

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