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martes, 3 de noviembre de 2015

EBEP VS EBEP… PONIENDO ORDEN EN EL CAOS… O VICEVERSA…

EBEP VS EBEP… PONIENDO ORDEN EN EL CAOS… O VICEVERSA…

El mes de Octubre nos trae otra sorpresa a los Empleados Públicos…  Efectivamente, en el BOE del Sábado 31 de Octubre se publicó el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Al respecto desde la FEP-USO hacemos las siguientes consideraciones:

1.- Como todo Texto Refundido, en principio el mismo no debe de innovar, sino que tiene que limitarse a refundir, explicar, aclarar y/o armonizar la materia que regula. Como se dice en terminología jurídica “refunde pero no refunda”. Desde la FEP-USO vamos a estudiar detenidamente este nuevo EBEP para comprobar que el Gobierno no se haya excedido en sus competencias y nos meta gato por liebre…

2.- Llama la atención de que nos encontremos ante un Texto Refundido del EBEP, cuando una gran parte de su articulado inicial esta todavía -ocho años después- sin desarrollar… El desarrollo reglamentario del EBEP es pura utopía… Una quimera que en muchos casos impide su aplicación… con la inseguridad jurídica que ello acarrea a todos los Empleados Públicos…

3.- También llama la atención que se haya procedido a su aprobación y posterior publicación… deprisa y corriendo… un sábado… aprovechando un puente… con las Cámaras disueltas… Podríamos decir que se ha aprobado con alevosía y nocturnidad… Sobre todo si tenemos en cuenta que el EBEP es posiblemente la Norma Administrativa que afecta al mayor colectivo de personas -Empleados Públicos- sometidas a eso que se denomina una relación de “sujeción especial” en la que determinados derechos de los Empleados Públicos quedan limitados y/o supeditados por otros intereses... llamémosles superiores…

​4.- No obstante, desde la FEP-USO consideramos que este nuevo Texto Refundido puede ser de gran utilidad si tenemos en cuenta el vicio que tiene nuestra Administración de legislar a trozos, usando excesivamente el Decreto Ley, la Resolución y la Instrucción… y al son que imponen circunstancias varias, como la situación económica, los intereses políticos del momento, etc… Lo que hace que las normas que afectan a los Empleados Públicos -que muchas veces somos utilizados como cobayas sociales- estén dispersas en un sinfín de disposiciones adicionales, transitorias y finales de Leyes que mayormente nada tienen que ver con la Función Publica… Ejemplos, haberlos, los hay…

5.- Desde luego para la aprobación de este Texto Refundido del EBEP el Gobierno se ha pasado por el forro a todas las Organizaciones Sindicales representativas en la Función Pública, entre las que se encuentra la FEP-USO, así como otros tramites normativos de carácter preceptivo… Lo que a estas alturas de legislatura y teniendo en cuenta los antecedentes de nuestro todavía actual Gobierno… y las figuras que lo integran… no nos extraña nada…

Por todo lo expuesto desde la FEP-USO vamos a proceder a realizar un estudio exhaustivo y minucioso de este Texto Refundido del EBEP, y dependiendo del resultado del mismo, actuaremos en consecuencia… No obstante podemos adelantar que con y pese al mismo… el rompecabezas que supone la difusa y repartida normativa de la Función Pública seguirá inconcluso… obligándonos a seguir elucubrando sobre lo que todavía está vigente y por tanto sobrevive del pasado… sobre lo que ya está derogado… y sobre lo que ni estando vigente ni tampoco derogado, debemos de seguir teniendo en cuenta interpretativa y/o supletoriamente.

Seguiremos informando.

lunes, 2 de noviembre de 2015

NOVEDADES LEGISLATIVAS DE INTERÉS MES DE OCTUBRE 2015

NOVEDADES LEGISLATIVAS DE INTERÉS MES DE OCTUBRE 2015:

Este mes de Octubre de 2015 que ha terminado ha sido muy fructífero en cuanto a lo que actividad Legislativa se refiere, encontrándonos, entre otros, además de las la Ley 41/2015, de 5 de Octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley 42/2015, de 5 de Octubre, de reforma de la Ley  de Enjuiciamiento Civil, que nos afectan -pero indirectamente-… y la Convocatoria de Elecciones y disolución de las Cámaras… con varios Textos Legales que nos afectan de una forma más directa…

Nos referimos concretamente a las siguientes normas:

-Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.  BOE 236 de 2 de Octubre.

-Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.  BOE 236 de 2 de Octubre.

-Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.  BOE 255 del 24 de Octubre.

-Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Empleo.  BOE 255 del 24 de Octubre.

-Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. BOE. 261 de 31 de Octubre.

Y como no, la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.  BOE 260 de 30 de Octubre.


De los cinco primeros -Ley Procedimiento Administrativo, Régimen Jurídico Sector Público, Estatuto de los Trabajadores, Ley de Empleo y Estatuto Básico del Empleado Público- os acompañamos el texto completo en archivos formato PDF. De los Presupuestos Generales del Estado para el 2016, dado el tamaño del archivo, os acompañamos un enlace al Boletín Oficial del Estado.

Presupuestos Generales estado 2016:

http://boe.es/boe/dias/2015/10/31/pdfs/BOE-A-2015-11719.pdf

Destacar por su especial importancia para los Empleados Públicos -Funcionarios- la modificación introducida por la Disposición Final Cuarta, de la Ley de 42/2015 de Enjuiciamiento Civil, mediante la que se modifica la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa... introduciendo un nuevo Apartado 3 al Artículo 23 de la citada Ley, que queda redactado del siguiente modo: “3. Podrán, no obstante, comparecer por sí mismos los funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios, cuando se refieran a cuestiones de personal que no impliquen separación de empleados públicos inamovibles.”
De esta forma se atiende una reivindicación mantenida por la FEP-USO desde que se aprobó la Ley 10/2012 de 20 de Noviembre, conocida como Ley de Tasas, y que suponía la obligación de que los Funcionarios Públicos tuvieran que comparecer siempre, asistidos de Letrado, en la defensa de sus derechos estatutarios… lo que suponía un coste añadido… volviéndose por tanto, en esta materia, a la situación anterior a la entrada en vigor de la referida Ley de Tasas.  Queda no obstante pendiente la cuestión de la “Condena en Costas en Primera Instancia”… lo que supone una clara discriminación de los Empleados Públicos sometidos a la Jurisdicción Contencioso Administrativa con relación a los sometidos a la Jurisdicción Laboral, a la hora de acudir a los Tribunales en la defensa de sus interés… Cuestión esta -condena en costas- que como la anterior, debe de solucionarse…

Seguiremos informando.

domingo, 1 de noviembre de 2015

Publicado el Estatuto Básico del Empleado Publico

En el B.O.E. del 31 de Octubre se publicó el Real Decreto Legislativo 5/2015 de Estatuto Básico del Empleado Público.

Enlace: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-11719

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