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martes, 29 de noviembre de 2016

El Gobierno del Principado de Asturias, dispuesto a dialogar sobre la jornada de 35 horas.

El Gobierno, dispuesto a dialogar sobre la jornada de 35 horas


"Es una cantidad importante en tiempo de muchas necesidades y presupuestos restrictivos"

El Gobierno asturiano está dispuesto a dialogar sobre la posibilidad de reducir la jornada laboral de sus trabajadores a las 35 horas semanales, si bien ha advertido de que hay una normativa nacional que cumplir y que es preciso mantener un "equilibrio razonable entre diferentes derechos y necesidades".

Martínez ha hecho estas declaraciones en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno a raíz de que el Parlamento 
andaluz haya convalidado con los votos de PSOE, Podemos e IU un decreto ley aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta por el que más de 270.000 empleados públicos recuperarán a partir del próximo 16 de enero la jornada laboral de 35 horas semanales.

El portavoz del Gobierno asturiano ha asegurado que el Ejecutivo regional "ha demostrado su compromiso con los empleados públicos" con el abono de la paga adeudad y medidas a favor de sus derechos que han supuesto un coste de 82 millones de euros para las arcas del Principado.

"Es una cantidad importante en tiempo de muchas necesidades y presupuestos restrictivos" ha añadido el consejero de Presidencia, que ha advertido de que en este campo el Gobierno "se ha comprometido siempre a dar pasos reales y consolidables".

Asimismo ha recordado que la jornada actual de 37,5 semanas para los empleados públicos es una normativa básica estatal de obligado cumplimiento y que ha llevado ya a que el pasado 30 de septiembre el Constitucional se pronunciase en contra de la jornada de 35 horas que estableció el Gobierno de Castilla La Mancha.

"Asturias está dispuesta a mantener el diálogo sobre esta cuestión, pero sin olvidar que hay que mantener un equilibrio razonable entre diferentes derechos y necesidades", ha concluido.

lunes, 28 de noviembre de 2016

El personal público no funcionario perderá la antigüedad si pasa 3 meses sin contrato



El personal público no funcionario perderá la antigüedad si pasa 3 meses sin contrato.


El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que afecta especialmente al personal laboral empleado de la Administración pública que acumula contratos de forma discontinua.
La sentencia que ha hecho pública recientemente el Alto tribunal viene a anular una anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que admitía que era posible sumar la antigüedad del personal laboral que encadenaba contratos temporales aunque pasara un período de más de tres meses entre ellos.

En cambio ahora, tras la resolución, si un empleado de carácter laboral presta sus servicios para la Administración durante un tiempo y después vuelve a hacerlo perderá la antigüedad siempre y cuando hayan pasado más de tres meses entre los contratos, según la aplicación práctica de la sentencia. La Administración de la Generalitat cuenta con más de cinco mil interinos, pero fuentes sindicales aseguran que la sentencia no les afecta porque no acumulan contratos.

Incidencia en los municipios

Sin embargo, esa resolución sí tiene incidencia en empleados laborales del sector público o en ayuntamientos, aunque en un número que no está determinado ya que las situaciones laborales no son idénticas en todas las corporaciones municipales.
Con todo, hay que señalar que se trata de una sentencia de lo social que no afecta al personal funcionario ya que el sector público tiene su propio convenio colectivo. En cambio, en los ayuntamientos la contratación de personal laboral que acumula contratos de forma discontinua sí es una práctica habitual.

Ley de función pública

En la Generalitat se concentran en la actualidad unos 5.500, pero se rigen por la ley de la función pública valenciana y obtienen su plaza tras permanecer en una bolsa laboral para la que tienen que haber superado previamente una oposición. Esa interinidad en el caso de los empleados de la Generalitat puede durar lustros. De hecho es uno de los problemas más importantes que arrastran la función pública en la Comunitat Valenciana.
Los partidos que sostienen al Consell están inmersos en la elaboración de una modificación de la ley de función pública Valenciana. La Generalitat cuenta en la actualidad con 16.000 empleados, unos 5.500 son interinos, aunque de ellos 4.512 entraron sin superar proceso selectivo o figurar en bolsa de empleo. El Consell ve prioritario regularizar su situación para acabar con la interinidad y de ese modo evitar la precarización del empleo.


USO pide mejorar las infraestructuras para el desarrollo industrial de Asturias.





USO pide mejorar las infraestructuras para el desarrollo industrial de Asturias.



La consejería de Fomento consensúa un documento de reclamaciones para el nuevo ministro.
La Consejería de Fomento mantiene estos días reuniones con UGT, CCOO, USO y empresarios  para consensuar un documento de reclamaciones ante el nuevo Ministro de Fomento.
"Mejorar las infraestructuras para apoyar el desarrollo de una Asturias industrial", es el mensaje que el sindicato USO ha llevado a la consejera de Fomento.

Desde USO se ha pedido el impulso de las infraestructuras comprometidas, tanto por la Administración del Estado y las de la propia Administración del Principado, empezando por la variante de Pajares, el Puerto del Musel, el Puerto de Aviles, el AVE , el FEVE, etc.
Desde USO se planteo a la consejera de Fomento la exigencia del cumplimiento integro de dos planes:
  • Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (PITVI) 2012- 2024.
  • Plan Director de Infraestructuras para la movilidad de Asturias  2013-2024. 
Desde USO también exigimos un Plan para el mantenimiento de dichas Infraestructuras.

sábado, 26 de noviembre de 2016

SPJ-USO inicia su actividad sindical en justicia en el Principado de Asturías

SPJ-USO inicia su actividad sindical en justicia en el Principado de Asturías, presentación Blog y Proyecto Sindical Independiente.

El SINDICATO PROFESIONAL DE JUSTICIA de la USO en ASTURIAS inicia su actividad sindical en JUSTICIA con la presentación de su BLOG INFORMATIVO para los compañeros y compañeras del Principado de Asturias, como instrumento de comunicación básico de nuestra actividad sindical en dicho territorio.

Si quieres UNIRTE A NUESTRO PROYECTO SINDICAL INDEPENDIENTE DE PARTIDOS POLITICOS, CONTACTA CON NOSOTROS:  636116950 -  609 46 50 13 - E-mail: spjusoasturias@gmail.com .

Nuestro TRABAJO DIARIO nos avala, SPJ-USO GALICIA 1ª Fuerza Sindical en Justicia, SPJ-USO Andalucía 2ª Fuerza Sindical en Justicia.....

"CONTIGO, OTRO SINDICALISMO ES POSIBLE".

Visita y suscribete a las noticias que publicamos en el BLOG DE ASTURIAS DEL SPJ-USO, CONOCENOS: http://spjusoasturias.blogspot.com.es/





jueves, 24 de noviembre de 2016

Vídeo de la campaña 25N USO



Vídeo de la campaña 25N  USO

Estimadas compañeras y compañeros,

Os adjunto el enlace de Youtube del vídeo de la campaña 25N "De que hablamos cuando hablamos de violencia machista" que hemos realizado con la colaboración de compañeros y compañeras de Juventud USO.

Enlace:

Recibid un cordial saludo.


lunes, 21 de noviembre de 2016

Fecha límite para disfrute de días de asuntos particulares y compensatorios 2017.

Aquí os dejamos la circular que nos envió la Administración del Principado de Asturias

DISFRUTE DÍAS ADICIONALES VACACIONES Y CANOSOS DEL 2015









DISFRUTE DÍAS ADICIONALES VACACIONES Y CANOSOS DEL 2015


Los días adicionales de vacaciones y de asuntos particulares correspondientes al año 2015 a los que tengan derecho los empleados públicos al servicio de la Administración del Principado de Asturias se disfrutarán en los años 2016, 2017 y 2018 de conformidad con las siguientes reglas:

1) Los empleados públicos que tengan derecho a disfrutar de 1 día en total lo disfrutarán en el año 2016.

2) Los empleados públicos que tengan derecho al disfrute de 2 días en total, disfrutarán de 1 día en el año 2016 y de otro día en el año 2017.

3) Los empleados públicos que tengan derecho a 3 ó más días dividirán los días totales entre los tres años, disfrutando en cada uno de ellos del mismo número de días siempre que sea posible.

4) Cuando no sea posible disfrutar en cada año del mismo número de días (por no ser el número total de días múltiplo de tres), el día que reste de la división se disfrutará en 2018 y, si restaran dos días, se disfrutarán en 2017 y 2018, a razón de uno por año.

Los días quedarían de la siguiente manera:


Los empleados públicos que vayan a cesar su relación con esta Administración antes del 31 de diciembre de 2018, disfrutarán íntegramente de estos días antes de dicho cese, manteniendo en la medida de lo posible el régimen general de distribución de los días, anteriormente descrito.
Los días adicionales por antigüedad, tanto de vacaciones como de asuntos particulares, correspondientes al año 2015, se equiparan en su disfrute a los días por asuntos particulares.

jueves, 17 de noviembre de 2016

V Congreso de la FTSP USO Asturias

Hoy se celebró el V  Congreso de la Federación de Trabajadores de la Seguridad Privada de la USO Asturias.

Repite como Secretario General Luis Alonso Martínez.

Desde la Federación de Empleados Públicos de la USO Asturias, les deseamos los mejores resultados en estos años difíciles.

Adelante con la USO.
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martes, 15 de noviembre de 2016

El TC establece que las bajas por embarazo o maternidad no se pueden tratar como el resto de licencias o permisos.




El TC establece que las bajas por embarazo o maternidad no se pueden tratar como el resto de licencias o permisos.

El principio de no discriminación por razón de sexo obliga a compensar las desventajas que el embarazo, al incidir de forma exclusiva sobre las mujeres a diferencia del hombre,pueden provocar en sus derechos económicos y profesionales.
Y es que, tal y como este Tribunal ha declarado, «‘la protección de la condición biológica y de la salud de la mujer trabajadora ha de ser compatible con la conservación de sus derechos profesionales, de suerte que la minusvaloración o el perjuicio causado por el embarazo o la sucesiva maternidad constituyen un supuesto de discriminación directa por razón de sexo’


Enlace: BOE de 15 de Noviembre 2016



lunes, 14 de noviembre de 2016

USO LANZA SU CAMPAÑA PARA EL 25-N

Desde USO percibimos, desde hace tiempo, un aumento de la violencia contra las mujeres entre los más jóvenes y una virulenta corriente de negacionismo de la violencia machista y criminalización de las víctimas, que nos alarma.

Por ello, este año, con motivo del Día Internacional para eliminación de la violencia contra las mujeres, lanzamos la campaña “¿De qué hablamos cuando hablamos de violencia machista?” con la que queremos hacer pedagogía y desmontar los falsos mitos cada vez más arraigados en el imaginario colectivo sobre esta lacra social que tanto sufrimiento y tantas muertes se lleva por delante.

¿Por qué las víctimas solo son mujeres?
La violencia machista es una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión. Es la manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres.

El mito de las denuncias falsas
El mito de las denuncias falsas se ha convertido en uno de los argumentos recurrentes de algunas asociaciones que afirman que las mujeres lo hacen solo para beneficiarse en los procesos judiciales, desviando con ello la atención y relativizando la gravedad del problema, convirtiendo una mínima y excepcional realidad en la norma.

Un informe del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) determina que solo el 0,4% de las denuncias por violencia machista son falsas. Según datos de la Fiscalía General del Estado, entre 2009 y 2013, se presentaron un total de 657.084 denuncias, de las que sólo 33 terminaron con una condena de denuncia falsa, lo que equivale al 0,005% de las denuncias.

Desde enero de 2003 hasta noviembre de 2014 han sido asesinadas 794 mujeres por violencia machista, dentro del cómputo y los criterios de la Ley Integral contra la Violencia de Género de 2004.

La violencia machista no sólo se da entre inmigrantes, gente sin formación o con problemas de exclusión social
La violencia machista no responde a un origen étnico, a una situación socioeconómica o de nivel académico. El origen del agresor y de la víctima hay buscarlo en un sistema social, ideológico y cultural en el que desde hace siglos se sustenta el patriarcado y que está basado en la sumisión y la discriminación de la mujer. La naturaleza estructural de la violencia contra las mujeres está basada en el género, y es uno de los mecanismos sociales cruciales por los que se mantiene a las mujeres en posición de subordinación con respecto a los hombres.

“El hombre maltratador no nace, se hace” Sus golpes en la mesa, sus insultos, sus desprecios, sus palizas y sus asesinatos no vienen codificados en los genes. Tampoco dependen de su etnia, ni del nivel intelectual, ni de la posición económica, ni de sus adicciones. El hombre maltratador tiene al miedo como aliado y al sexismo como cómplice: el perfil del hombre maltratador es el del hombre machista.

Muchos tipos de violencia
La violencia de género comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.

Es muy preocupante la tolerancia que hay, sobre todo entre las más jóvenes, a la violencia de control, que consiste en, por ejemplo, restringir los horarios, controlar las amistades, dictar el vestuario y revisar el móvil de tu pareja, etc. El control de la vida la pareja y los ataques de celos que se suelen justificar con el mito del amor romántico y la intensidad de la relación, son cada vez más aceptadas por adolescentes y jóvenes.

El papel de los medios de comunicación
El tratamiento de los medios de comunicación a las noticias relacionadas con la violencia machista es fundamental para fomentar o erradicar estos mitos que queremos desmontar. Presentar los asesinatos o la violencia machista como crímenes pasionales, fenómenos aislados, accidentes o cosas que pasan (“Una mujer muere”), buscar justificaciones del asesinato, culpabilizar a la víctima, ubicar la noticia en la sección de sucesos, etc., son dinámicas de la mayor parte de los medios de información masiva que sólo perpetúan los prejuicios y no ayudan en absoluto a la concienciación y la erradicación de la violencia machista.

Violencia contra las mujeres
La violencia machista en sentido amplio agrupa todas las formas de violencia que se ejercen por parte del hombre sobre la mujer en función de su rol de género: violencia sexual, tráfico de mujeres, explotación sexual de las mismas, mutilación genital, acoso laboral, etc, independientemente del tipo de relaciones interpersonales entre agresor y víctima. Esta violencia no está regulada ni contabilizada dentro de la Ley en nuestro país, que solo contempla como violencia de género si el agresor y la víctima tienen o han tenido una relación afectiva.

Para más información sobre otras violencias es recomendable visitar la página Feminicidio.net

jueves, 10 de noviembre de 2016

Nombramiento de funcionario del Ayuntamiento de Navia

ayuntamiento DE NAVIA
Anuncio. Nombramiento de funcionario de plaza de Administrativo. Expte. 0487/2016. [Cód. 2016-11649]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (116 Kb)  

Bases convocatoria bolsas de empleo Ayuntamiento de Grado





AYUNTAMIENTO DE GRADO
Anuncio. Bases para la elaboración de una bolsa de empleo en la categoría de Operario de Servicios. [Cód. 2016-11612]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (359 Kb)  
Anuncio. Bases para la elaboración de una bolsa de empleo en la categoría de Oficial Electricista para cubrir vacantes, sustituciones transitorias o necesidades temporales de dicha categoría en el ámbito del Ayuntamiento de Grado. [Cód. 2016-11613]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (509 Kb)  

miércoles, 9 de noviembre de 2016

Publicadas las Bases que regiran la Oferta de Empleo del Ayuntamiento de Gijon

AYUNTAMIENTO DE GIJÓN
Anuncio. Bases generales y específicas que rigen las plazas incluidas en la ampliación de la Oferta de Empleo Público 2015 del Ayuntamiento de Gijón. [Cód. 2016-11502]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (1040 Kb)  

Resuelto concurso de traslados Justicia

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Resolución de 18 de octubre de 2016, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana de 25 de abril de 2016. [Cód. 2016-11495]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (851 Kb)  

lunes, 7 de noviembre de 2016

Oferta de Empleo Público Ayuntamiento de Gijón.





Ayuntamiento de Gijon

Anuncio. Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Gijón y los organismos autónomos dependientes del mismo para el ejercicio 2016. [Cód. 2016-11639].

viernes, 28 de octubre de 2016

Oferta Afiliación USO




Desde USO, sindicato que se financia de las cuotas de sus afiliados y afiliadas, estamos lanzando una campaña de Afiliación que no puedes dejar escapar. Se trata de una campaña dirigida a aquellos representantes sindicales de USO que se afilien en este momento, y a afiliados y afiliadas con una antigüedad superior a un año.


Enlace:
https://usocofares.wordpress.com/2016/10/27/promocion-consultas-juridicas-gratuitas




lunes, 24 de octubre de 2016

El Supremo confirma una sentencia que reconoce toda la antigüedad a una trabajadora fija discontinua

El Supremo confirma una sentencia que reconoce toda la antigüedad a una trabajadora fija discontinua

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Sala de Lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que reconoció el derecho de una trabajadora de la Agencia Tributaria, con categoría profesional de Auxiliar Administrativa, a que se le compute a efectos de antigüedad todo el tiempo transcurrido desde que empezó su relación laboral fija discontinua, incluyendo los periodos en que no ha habido prestación efectiva de servicios.

Según ha informado el TSJA, dicha sentencia anuló el fallo del juzgado de procedencia que entendía que debía computarse teniendo en cuenta exclusivamente los meses en los que efectivamente se ha prestado servicios durante la correspondiente campaña anual y no todo el año completo.

La actora comenzó a prestar servicios en la Agencia Tributaria el 4 de febrero de 2009 como personal fijo discontinuo, en la categoría profesional de Auxiliar de Administración e Información, durante la campaña anual para la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tras superar el correspondiente proceso selectivo convocado por resolución de 27 de junio de 2008. Su centro de trabajo es en Langreo.

El tiempo de servicio efectivo de la actora es de 1 año y 19 días, distribuidos de la siguiente manera: Del 14 de abril al 8 de julio de 2009. Del 12 de abril al 8 de julio de 2010. Del 25 de abril al 7 de julio de 2011. Del 25 de abril al 9 de julio de 2012 Y del 7 de mayo al 5 de julio de 2013.

La demandada reconoció a la actora, a fecha 31 de mayo de 2012, una antigüedad de 9 meses y 11 días. La actora presentó alegaciones el 22 de junio, en las que solicitó la corrección de ese dato para computar todo el tiempo transcurrido desde el 4 de febrero de 2009.

La Subdirectora Adjunta de Relaciones Laborales resolvió el 14 de junio de 2013, notificado el 20 del mismo mes, denegando lo solicitado porque se seguía el criterio para el cómputo, de la Comisión Paritaria de Vigilancia, Interpretación y Estudio del Convenio Colectivo.

La actora presentó reclamación previa solicitando el reconocimiento de la antigüedad desde el inicio de la relación laboral y no sólo de los periodos de trabajo efectivo, el 25 de abril de 2013; fue desestimada por resolución de 18 de julio. Interpuso la demanda el 9 de julio.

A 31 de diciembre de 20121 el personal laboral fijo discontinuo que presta sus servicios en la demandada, está formado por un 77,36% de mujeres y un 22,64% por hombres. El personal laboral está formado en un 34,45% por mujeres y un 65,55% por hombres, y el funcionaria es un 54,51% por mujeres y un 45,49% por hombres.

La Agencia Tributaria convocó un curso de 'Apoyo al ingreso en el cuerpo general Auxiliar de la Administración del Estado (Promoción Interna', el 17 de junio de 2013, dentro del Plan de Formación Continua. La actora solicitó participar y fue rechazada, como se le comunicó el 27 del mismo mes, por no haber acreditado prestar servicios efectivos durante al menos dos años, porque el curso iba destinado al personal que pueda presentarse por promoción interna al cuerpo general Auxiliar.

La actora presentó dos escritos, el 29 de enero y el 10 de marzo de 2014, ante la Dirección General de Función Pública del Principado de Asturias, en los que pedía explicaciones sobre la causa por la que no le había ofertado un contrato de relevo en la Consejería de Bienestar Social.

La citada Dirección General respondió el 12 de marzo, que la causa era que figuraba con un contrato de trabajo fijo periódico y discontinuo con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mientras que el contrato de relevo sólo podía concertarse con un trabajador desempleado o con un trabajador temporal de la propia empresa vinculado con un contrato de trabajo de duración determinada e inferior a la del contrato de relevo.

La Comisión Paritaria resolvió el 24 de abril de 2013 que, a los efectos del artículo 50 a) del Convenio Colectivo, sobre excedencia voluntaria por interés particular, el requisito de contar con un año de antigüedad al servicio de la Agencia, que se establece con carácter general, se entendía cumplido por parte de los trabajadores fijos discontinuos cuando hayan prestado servicios al menos durante una Campaña de Renta Completa.

El Convenio Colectivo para el personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, regula el complemento de antigüedad como el devengado a partir del día primero del mes en que se cumplan tres o múltiplos de tres años de relación laboral prestando servicios efectivos en el ámbito de aplicación de ese convenio. En el artículo 30, referido a los trabajadores fijos discontinuos, establece que los periodos de tiempo trabajados como fijos discontinuos se computarán a efectos de antigüedad como trabajadores de la Agencia Tributaria a todos los efectos.

El artículo 70 del mismo convenio, referido a la retribución en los supuestos de jornada inferior a la ordinaria o por horas, establece que estos trabajadores, excepto en lo referido a la adaptación del horario en los casos de violencia de género, percibirán sus retribuciones en proporción a la jornada que efectivamente realicen, salvo las horas extraordinarias y las indemnizaciones del artículo 73 (por razón del servicio)

Enlace: http://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1158697

sábado, 22 de octubre de 2016

Concurso de méritos para personal laboral Cantabria





Concurso de méritos para personal laboral Cantabria

La Administración nos paso la siguiente información, con respecto al concurso de traslados de Cantabria.

Hemos publicado en nuestra página web el concurso de méritos para el personal laboral fijo. El plazo de presentación de instancias concluye el 8 de noviembre. Le envío el Anexo IV  (CERTIFICACIÓN DE MÉRITOS) y los enlaces al Boletín. Un  saludo










ANEXO IV


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