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jueves, 7 de noviembre de 2013

Convenio entre el Instituto Oftalmológico Fernández-Vega y la Universidad de Oviedo.

UNIVERSIDAD DE OVIEDO

Convenio entre el Instituto Oftalmológico Fernández-Vega y la Universidad de Oviedo.

En Oviedo, a 16 de octubre de 2013

Reunidos

De una parte, D. Luis Fernández-Vega Sanz, mayor de edad, con NIF 10.540.441 L, y domicilio, a los presentes efectos, en Oviedo, Avda. Doctores Fernández-Vega, n.º 34.

De otra, D. Vicente Gotor Santamaría, Rector Magnífico de la Universidad de Oviedo en virtud del Decreto 31/2012 de 22 de marzo de la Consejería de Educación y Universidades del Principado de Asturias, por el que se dispone su nombramiento, y con las atribuciones que le confiere la letra L) del artículo 60 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo aprobados por Decreto 12/2010 de 3 de febrero del Principado de Asturias, con domicilio en c/ San Francisco, n.º 3, 33003 Oviedo (Asturias).

Intervienen

D. Luis Fernández-Vega en su condición de Administrador del Instituto Oftalmológico Fernández-Vega, S.L., con domicilio en Oviedo, Avda. Doctores Fernández Vega, n.º 34, y NIF: B-33416462.

D. Vicente Gotor Santamaría, como Rector Magnífico de la Universidad de Oviedo, con domicilio en Oviedo, c/ San Francisco, n.º 3, y CIF núm. Q-3318001-I,

Exponen

I.—Que el Instituto Oftalmológico Fernández-Vega (en adelante, el Instituto) constituye una referencia en el campo de la oftalmología, aunando la experiencia de más de 125 años con los últimos avances en investigación y tratamiento de las enfermedades oculares. De este modo, se ha convertido en un centro del máximo prestigio, tanto a nivel nacional como internacional, en el que se atienden cada añoa más de cien mil pacientes.

En el Instituto se tratan todas las patologías oculares para lo que cuenta con las siguientes unidades:

• Oftalmología general y trauma ocular.

• Superficie e inflamación ocular.

• Cirugía refractiva.

• Queratocono.

• Córnea y segmento anterior.

• Cataratas.

• Trasplante de córnea.

• Glaucoma.

• Retina y vítreo.

• Oftalmología pediátrica y estrabismo.

• Oculoplastia.

• Rehabilitación y baja visión.

• Uveitis e inmunología ocular.

• Contactología.

Además, desarrolla una importante labor social a través de sus dos fundaciones, la Fundacion de Investigacion Oftalmológica (FIO) y la Fundación Fernández-Vega.

II.—Por su parte, la Universidad de Oviedo es la institución pública de educación superior e investigación del Principado de Asturias. Con más de 400 años de historia, dispone de una completa oferta de Grados adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) en todas las ramas de conocimiento, itinerarios bilingües, dobles titulaciones con universidades internacionales, y postgrados interuniversitarios y en colaboración con más de 250 empresas.

La Universidad de Oviedo ha sido una de las primeras nueve universidades españolas en obtener la acreditación como Campus de Excelencia Internacional el 26 de noviembre de 2009. El proyecto CEI Asturias-Ad Futurum agrupa a más de 300 instituciones, empresas y centros tecnológicos.

La docencia se concentra en siete campus distribuidos en el eje central de Asturias: Oviedo (El Cristo, El Milán, Llamaquique, Catalanes y Oviedo-centro), Gijón y Mieres, además de la oferta de distintos servicios universitarios en Avilés.

III.—Que el instituto tiene capacidad para prestar asistencia médica en el campo de la oftalmología al personal de la Universidad que pueda precisarla.

IV.—Que la Universidad tiene interés en que esta atención pueda ser dispensada a su personal en condiciones especiales.

Por todo ello,

Acuerdan

Primero.—El Instituto aplicará unas condiciones económicas especiales a los colectivos de PDI y PAS de la Universidad de Oviedo que consistirá en la aplicación de un 20% de descuento sobre las tarifas vigentes en cada momento para todos los servicios médicos que se dispensen.

Segundo.—Para poder beneficiarse de estas condiciones, es necesario que el paciente indique su condición de pertenencia a estos colectivos de la Universidad de Oviedo, en el momento que solicite la consulta al Instituto. Esta situación deberá ser acreditada posteriormente el día de la cita.

Tercero.—La vigencia del presente convenio se establece por el plazo de un año, desde la fecha de la firma, renovándose tácitamente por períodos iguales, en tanto no sea denunciado por alguna de las partes con, al menos, dos meses de antelación al vencimiento del mismo o de cualquiera de sus prórrogas.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente convenio, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha al comienzo indicados.

Instituto Oftalmológico Fernández-Vega Universidad de Oviedo

D. Luis Fernández-Vega Sanz D. Vicente Gotor Santamaría

Oviedo, a 16 d octubre de 2013.—Cód. 2013-19961.

Enlace: B.O.PA de 6 de Noviembre de 2013

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