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jueves, 6 de octubre de 2011

El patrimonio de sus (nacionales) señorías. Medidas para paliar la mala imagen que los políticos proyectan ante la opinión pública

Septiembre ha sido el mes elegido por el señor Bono para publicitar tres tipos de medidas que tienen por objeto paliar la mala imagen que proyectan los políticos ante la opinión pública que los sitúa en el último lugar en cuanto a nivel de confianza. Transparencia, eliminación de privilegios e incompatibilidades son los pilares sobre los que se asienta este lavado de imagen.

El movimiento del 15-M no es ajeno a la materialización de estos instrumentos, pero también tiene algo que ver «la necesidad de profundizar en la democracia», en palabras del propio presidente del Congreso. 


José Bono
La transparencia debe ser bienvenida; es sabido que la opacidad es la antesala de la corrupción y que no hay mejor desinfectante que la luz del sol. Conocer el patrimonio de los diputados y senadores es un ejercicio democrático saludable. No obstante, un examen crítico del mismo presenta luces y sombras.

No se explicita el interés de los créditos concedidos, ni la declaración alcanza a los familiares. Además, de la simple confrontación de fechas y de períodos de ejercicio de la política, se puede constatar que hay políticos -pocos, ciertamente, pero los hay- que permaneciendo ininterrumpida y únicamente en la política desde los inicios de la democracia, se han hecho con un importante patrimonio, adquirido, no heredado, que los hace acreedores de la calificación de «ricos» en el concepto delimitado por el recuperado impuesto de patrimonio.

Indudablemente, ser rico no significa ser una mala persona ni obliga a avergonzarse por ello, pero hacerse rico por el solo ejercicio de la política no deja de ser un renglón torcido del sistema democrático que no fue diseñado para producir tal efecto. Seguramente se podrá aducir que todo es fruto de una buena gestión económica, del ahorro, de la austeridad, pero es indudable que tales niveles patrimoniales no están al alcance ni siquiera de los trabajadores más cualificados. La esencia de la democracia consiste en que un grupo de ciudadanos se ocupe transitoriamente de gestionar los asuntos públicos y, concluido su mandato, retornen a sus ocupaciones de origen en situaciones similares, o no significativamente superiores, a las que tenían cuando dieron el salto a la política. A la vista de las declaraciones publicadas, esto no es así y a las formas tradicionales de hacerse rico (por la cuna, por el éxito profesional, por el juego y por el delito) habrá que añadir una quinta modalidad: por el ejercicio de la política.

Estas sombras no deben empañar la excelencia de la medida de poner término a un privilegio de difícil explicación: el exorbitante régimen de pensiones de diputados y senadores que hasta ahora tenían reconocido el derecho a disfrutar de pensión de jubilación en su cuantía máxima por el sólo ejercicio de siete años de actividad parlamentaria frente a los treinta y ocho años y medio que se les exige al resto de los ciudadanos. Bienvenidos al mundo real.

Por lo que atañe a las incompatibilidades, su aplicación debe ser el corolario obligado del resultado de la transparencia y precisamente por ello cabe preguntarse: ¿por qué diputados y senadores no teniendo unos salarios significativamente elevados pueden, no obstante, llegar a ser ricos, cuando tales cargos, además, deben ejercerse en régimen de dedicación exclusiva?

La respuesta es clara. La dedicación exclusiva está plagada de excepciones, unas con sede en la Constitución, otras disfrazadas por la semántica y otras apelando a la naturaleza de la entidad de la que se percibe la segunda o tercera compensación. En la mayor parte de los entes públicos son sus propios miembros los que fijan la cuantía de sus retribuciones y su régimen, sin atender a más criterios que los de los votos con los que cuentan. Un alcalde de un municipio de treinta mil habitantes se autoasigna el régimen de dedicación exclusiva; la presidencia de una comunidad autónoma opta por trabajar sin dedicación. Qué decir si se trata de partidos políticos. La cuantía de las percepciones de la señora Cospedal provenientes de tres fuentes alimentadas parcial o totalmente por el presupuesto público (secretaría general del PP, senadora y trienios como abogada del Estado) o las declaraciones del señor Blanco de que iba a compatibilizar su sueldo como ex ministro y las retribuciones como diputado, constituyen una muestra palpable de la interpretación pro domo de la máxima cristiana aplicada a la política «la caridad bien entendida empieza por uno mismo». Estas prácticas han venido a desnaturalizar la realidad jurídica que cuando posibilitó compatibilidades orgánicas, más que en compatibilidades retributivas, estaba pensando en compatibilidades funcionales.

Profundizar en el sistema y recuperar la consideración que debe tener una actividad tan noble y de servicio a los demás como es la política requiere, entre otras, al menos, las siguientes medidas:

-Retribuciones. Fijación de las retribuciones de todos los niveles políticos por ley acabando con el variopinto sistema a la carta en el que cada cual se autoasigna su salario en función de las mayorías con que se cuenta, y no de las características de población, presupuesto, estado económico y demás circunstancias del ente de que se trate. Esa medida, además, pondría fin al lamentable espectáculo que se repite legislatura tras legislatura de secuenciar la retribución en tramos del setenta y cinco, del cincuenta y hasta del veinticinco por ciento en función de los intereses, disponibilidades y aspiraciones de los afectados. ¿Qué obligaciones políticas se derivan de una retribución del setenta y cinco por ciento en una actividad que no tiene señalada jornada de trabajo?

-Edad de jubilación. Debe establecerse una edad de jubilación similar a la de los funcionarios. Si la filosofía de tal medida para el empleo público trae causa en una hipotética pérdida de frescura física y/o intelectual que puede repercutir negativamente en la gestión de los asuntos públicos, ¿no debe aplicarse la misma medida a quienes dirigen tales asuntos?

-Incompatibilidades. Establecimiento de un régimen de incompatibilidades, al menos retributivas, con una fórmula similar a la siguiente: «El ejercicio de un cargo público en régimen de dedicación exclusiva será incompatible con el percibo de cualquier retribución, pública o privada, sea cual fuere su denominación, su cuantía y su carácter fijo o periódico. La dedicación parcial sólo dará derecho al percibo de dietas en cuantía que no podrá superar mensualmente el veinticinco por ciento de la que correspondería a la dedicación exclusiva en el mismo período de tiempo. Cualquier ingreso al margen de los señalados deberá ser ingresado en la Tesorería General de la entidad de que se trate».

-Mandatos. El mandato de un cargo público no podrá exceder de dos legislaturas en el mismo puesto. El carácter vitalicio del cargo público genera sinergias inducidas con potenciales efectos patrimoniales silenciosos.

-Político profesional. Subsidiaria a la anterior y en su defecto, implantación y regulación de la «profesión de político» con estudios homologados de las distintas áreas de conocimiento necesarias para el ejercicio de las funciones propias de tal actividad y, en especial, para los de las instituciones nacionales, con exigencia de idiomas, para evitar los tristes espectáculos que nos ofrecen algunos de los vídeos que circulan por la red. Quien curse y supere tales estudios podrá ser calificado con toda propiedad y sin connotaciones peyorativas de «político profesional».

-Listas abiertas. Constituye el medio más eficiente para acabar con las personas que parasitan la política y que sólo reciben el voto por fidelidad a las siglas del partido, no por su valía personal ni por la simpatía que puedan irradiar.

La democracia es un lienzo inacabado que necesita continuas pinceladas y retoques que reparen las imperfecciones que el paso del tiempo y la experiencia van dejando al descubierto.

IGNACIO ARIAS LETRADO

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