JURISPRUDENCIA
Suspensión del contrato de trabajo. Maternidad. La práctica empresarial consistente en computar como ausencias la baja maternal y la baja por riesgo de embarazo a los efectos de días productivos para tener derecho a incentivos implica una discriminación directa y es contraria al derecho al mantenimiento y preservación de las condiciones de trabajo, penalizando el ejercicio del derecho a la protección por maternidad y limitando la plenitud del mismo. Se estima el recurso de casación. STS Social de 10/01/2017
jueves, 9 de febrero de 2017
Suspensión del contrato de trabajo. Maternidad.
16:23
fepuso asturias
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