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miércoles, 14 de diciembre de 2016

Una sentencia abre la puerta a que los médicos interinos cobren un plus de 3.000 euros al año


 
 
Una sentencia abre la puerta a que los médicos interinos cobren un plus de 3.000 euros al año
 
Un juzgado ovetense reconoce el derecho de un facultativo temporal a percibir el primer tramo de carrera profesional y lo equipara al personal fijo
Ser interino no es óbice para no optar a la carrera profesional médica que el Servicio de Salud del Principado (Sespa) reconoce y abona de forma regular desde 2006 a los facultativos fijos, a razón de 3.000, 6.000, 9.000 y 12.000 euros anuales por cada cinco años de antigüedad laboral. Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4, de Oviedo, reconoce el derecho de un médico interino asturiano a acceder al primer grado de carrera profesional y, en el caso de superar la prueba de valoración, a cobrar por ello un plus salarial de 3.000 euros anuales. El juez da la razón a la demanda presentada por un facultativo especialista de Farmacia que acumulaba más de cinco años de servicios y al que el Sespa le denegó acceder a la carrera profesional argumentando que no era personal estatutario fijo, para el que «está reservado este modelo retributivo». La demanda fue cursada a través del Sindicato Médico Profesional (Simpa) y defendida por el abogado de dicha central, Domingo Villaamil, que ayer calificó la sentencia de «histórica».
 
El juez considera que el interesado, personal estatutario temporal, puede beneficiarse de la Directiva Europea 1999/70 y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Considera por tanto que «debe reconocerse el derecho del recurrente a participar y ser evaluado» en la convocatoria del Sespa para el reconocimiento del grado I de la carrera profesional, que supone un incremento en su salario. La Consejería de Sanidad se encuentra ahora valorando el efecto de esta sentencia judicial, similar a la que a finales de septiembre se dictó para profesores interinos asturianos, a los que la Unión Europea reconoció su derecho a participar en la evaluación docente y a cobrar también el preceptivo plus salarial. En el caso de los médicos, los beneficiados podrían ser «unos 350 profesionales», indicó ayer Nicolás Gonçalvez, del Simpa. Son interinos de larga duración (más de cinco años), que podrían llegar a percibir 3.000 euros al año. El gasto que tendría que asumir Sanidad superaría el millón de euros. Ayer, el departamento de Francisco del Busto evitó pronunciarse. Su equipo jurídico está analizando el contenido del fallo judicial y sus posibles efectos prácticos. Contra el mismo cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Sin embargo, cabe recordar que la Consejería de Educación, que se encontró ante una tesitura similar hace tres meses, desistió finalmente de recurrir y optó por abonar el plus a más de un millar de profesores, lo que supuso un coste de 1,8 millones de euros.
 
DISCRIMINACIÓN ILEGAL
 
La sentencia, la primera que abre la posibilidad a que los médicos interinos cobren carrera profesional en Asturias, señala que no hay motivo en este caso para «discriminar» entre empleados públicos en virtud de su vinculación, sea fija o temporal. Lo importante es que se demuestren los requisitos: compromiso con la organización, dominio profesional e investigación y docencia, explica en los fundamentos de derecho. «No existe una razón que justifique la exclusión del recurrente, personal que tiene una relación de empleo temporal desde hace más de cinco años, siempre y cuando cumpla con los demás requisitos establecidos en la convocatoria», argumenta el juez. Discriminar por razón de interinidad «es contraria a la directiva europea», abunda.
 
El Sespa mantuvo paralizada la incorporación de nuevos médicos a la carrera profesional durante seis años. La medida se adoptó en 2010 dentro de las medidas para contener el gasto público. El pasado 1 de junio, el Servicio de Salud decidió reabrirla, aunque solo para el primer tramo, el más barato. La resolución que emitió entonces el Sespa excluía literalmente al personal interino. El Sindicato Médico decidió recurrir esa restricción y la justicia le da ahora la razón. El fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo «no anula la base respecto de todo el personal temporal, sino exclusivamente la del recurrente», concretó Gonçalvez. No obstante, avanzó que el sindicato «ha presentado ya más de 250 recursos de alzada que, imaginamos, seguirán el mismo camino que esta sentencia judicial». El Simpa mostró su confianza en «el Servicio de Salud del Principado no judicialice masivamente la cuestión y haga un complemento de convocatoria que permita acceder al grado I al personal temporal de larga duración».
 
 
 
 

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