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martes, 19 de enero de 2016

Aprobado el calendario de devolución de las cantidades pendientes correspondientes a la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012



Aprobado el calendario de devolución de las cantidades pendientes correspondientes a la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012
Acuerdo de 2 de diciembre de 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de la Administración del Principado de Asturias de 30 de noviembre de 2015, de establecimiento del calendario de devolución de las cantidades pendientes correspondientes a la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012, y por el que se determinan las reglas para la devolución del segundo tramo.
 La paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012, recuperará dichos importes en los siguientes términos:
— Segundo tramo de devolución, en diciembre de 2015, por una cuantía del 26,23%, correspondiente a 48 días, o parte proporcional según el tiempo de servicios prestados durante el período de cálculo de la paga extraordinaria de diciembre de 2012.
— Tercer tramo de devolución, en enero de 2016, por una cuantía del 25,14%, correspondiente a 46 días, o parte proporcional según el tiempo de servicios prestados durante el período de cálculo de la paga extraordinaria de diciembre de 2012.
— Cuarto tramo de devolución, en enero de 2017, por una cuantía del 24,59%, correspondiente a 45 días, o parte proporcional según el tiempo de servicios prestados durante el período de cálculo de la paga extraordinaria de diciembre de 2012. Este último tramo, podrá abonarse en 2016 si las disponibilidades presupuestarias lo permiten.

Enlace: https://sede.asturias.es/bopa/2015/12/03/2015-17474.pdf

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