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miércoles, 26 de febrero de 2014

Publicada la RPT y Catálogo de puestos de trabajo del personal del Principado de Asturias.

Boletín Nº 47 del miércoles 26 de febrero de 2014

AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y SECTOR PÚBLICO

Acuerdo de 19 de febrero de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las modificaciones parciales de la relación y el catálogo de puestos de trabajo del personal de la Administración del Principado de Asturias, Organismos y Entes Públicos.

El Decreto 4/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado de Asturias, determina la reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias al objeto de conseguir la máxima eficacia en la acción del gobierno y la mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración del Principado de Asturias. Asimismo, desarrollando la disposición final primera del citado Decreto, el Consejo de Gobierno aprobó los Decretos reguladores de la estructura orgánica básica de cada una de las Consejerías que integran la Administración autonómica a través de los cuales se procedió a determinar las concretas competencias que son asumidas por cada una de ellas así como la adscripción de los diferentes servicios y unidades administrativas a las mismas.

Esta circunstancia hizo necesario proceder a la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias dependiente de las Consejerías afectadas, recogiendo las modificaciones derivadas de las nuevas estructuras y configurando los puestos de trabajo directamente relacionados con las mismas, esto es, en lo que afecta a las jefaturas de las unidades con nivel orgánico de Servicio así como a los puestos inmediatamente dependientes.

Por su parte, en diciembre de 2012 se acordó por Consejo de Gobierno, como una medida más de racionalización del gasto y viabilidad financiera, un expediente de amortización de puestos vacantes en la Administración del Principado de Asturias.

En mayo de 2013, de nuevo, el Consejo de Gobierno acordó una modificación de la relación de puestos de trabajo procediendo a la adecuación de la relación de puestos de trabajo a las estructuras orgánicas actuales, de carácter parcial, afectando a los puestos singularizados de nivel 19 en adelante que debían ser objeto de una convocatoria de provisión de puestos de trabajo que debía publicarse antes del 31 de mayo consecuencia de la ejecución de sentencia n.º 180/2010, de fecha 11 de mayo de 2010, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Oviedo, de acuerdo con lo dispuesto en el auto de 25 de marzo de 2013.

No obstante y pese a las referidas modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo, permanecen pendientes los necesarios y lógicos cambios en la adscripción de efectivos derivadas de la nueva organización derivada de los cambios organizativos desde mayo de 2012, incluyendo no sólo cambios de adscripción sino también cambios de configuración requeridos para el ejercicio de las funciones encomendadas a las unidades administrativas.

También se procede a la creación de puestos con motivo de ejecuciones de sentencia (indefinidos no fijos de Estación Invernal y de Montaña Valgrande-Pajares y técnicos de grado medio de las Oficinas de Empleo del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias), cambios de adscripción derivados del cierre de centros u organismos (Escuela de Agricultura y el Instituto de Estadística) o de apertura de otros (Centro Polivalente de Recursos de Personas Mayores Sotiello-Aller y Nodo-Avilés, en Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias), oficina del Servicio de Atención al Ciudadano en Avilés y Gijón (agentes presenciales SAC), puestos de asesores de la Unión Europea en Bruselas o por ejecuciones de oferta de empleo público (operadores de ordenador en Servicios Tributarios).

Los mencionados cambios se detallan pormenorizadamente en el informe elaborado por la Dirección General de la Función Pública que forma parte de este expediente.

En consecuencia con lo expuesto, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Sector Público, tratado el expediente en la Mesa General de Negociación de la Comunidad Autónoma y en la Comisión de Clasificación Profesional del Convenio Colectivo, oída la Junta de Personal Funcionario y vistos los informes del Servicio de Gestión Económica de Personal de la Dirección General de la Función Pública y de la Dirección General de Presupuestos y Sector Público, al amparo de lo previsto en el artículo 32 de la Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013 prorrogados para 2014 y en el artículo 4 del Decreto 40/1991, de 4 de abril, de relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario, el Consejo de Gobierno por la presente,

ACUERDA

Primero.—Aprobar las modificaciones parciales de la relación de puestos de trabajo del personal de la Administración del Principado de Asturias, que figuran como anexo I, y las modificaciones parciales del catálogo de puestos de trabajo que figuran en el anexo II del presente acuerdo.

Segundo.—Disponer la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de este orden jurisdiccional del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Dado en Oviedo, a 5 de febrero de 2014.—La Consejera de Hacienda y Sector Público.—Cód. 2014-03398.

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