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martes, 8 de octubre de 2013

Sentencia Tribunal Supremo aplicable a Conductores de las distintas Administraciones Publicas.

Los Empleados Publicos tambien podemos vernos en esta situacion,RECLAMA.

Las indemnizaciones por accidentes de tráfico provocadas por conductores ebrios las pagan las aseguradora

Las indemnizaciones por accidentes de tráfico provocadas por conductores en estado de embriaguez correrán a cuenta de las compañías aseguradoras. Así se pronunciado el Tribunal Supremo en una sentencia dictada por la Sala Primera de este tribunal. Hasta ahora, lo normal era que las aseguradoras se negaran a pagar las indemnizaciones por accidentes de tráfico siempre que se este hubiera sido causado por un conductor cuyos niveles de alcohol en sangre superaran las tasas permitidas. Ahora esto cambiará a partir de la sentencia de la que hemos hablado. Y para que nada quede en el tintero, vamos a dedicar esta entrada a hablar de esta sentencia sin precedentes.

Indemnizaciones por accidentes de tráfico y Mapfre

En el mes de diciembre del año 2002, un conductor que tenía su seguro con Mapfre provocó un accidente de tráfico en el que provocó una víctima mortal. El causante del accidente superaba con creces la concentración de alcohol en sangre permitida, por lo que esta compañía de seguros denegó el pago de las indemnizaciones por accidentes de tráfico a los familiares de la víctima.Según la aseguradora, el artículo 4-c de las condiciones de la póliza, respaldado en el artículo 19 de la Ley de Contrato de Seguro, eximía a la misma del pago de indemnizaciones por accidentes de tráfico en estos casos.

Indemnizaciones por accidentes de tráfico y el punto de vista del Tribunal Supremo

A diferencia de lo que entienden en Mapfre, el Tribunal Supremo señala, en primer lugar, que la conducción en estado ebrio es una conducta delictiva de riesgo y, por tanto, no puede ser equiparada a las conductas dolosas, que es sobre las que se legisla en el artículo 19 de la Ley de Contrato de Seguro. Y, siendo así las cosas, el artículo 19 no puede aplicarse en este caso. De hecho, se recuerda en esta sentencia que existe doctrina legal al respecto, impartida por el propio Tribunal Supremo. Asimismo, la cláusula a la que hace referencia la compañía aseguradora para denegar el pago de las indemnización por accidente de tráfico es muy arriesgado"
indemnizaciones por accidentes de tráfico es limitativa y no consta que se haya aceptado en ningún caso, lo que supone una infracción de los artículos 3 y 7 de la Ley de Contrato de Seguro.Además de esto, el Tribunal Supremo obliga a Mapfre a pagar los intereses, puesto que la doctrina legal y la jurisprudencia existente le era sobradamente conocida a la compañía aseguradora.Como puedes observar, recurriendo se llega a Roma. Si la compañía de seguros de turno te deniega el pago de indemnizaciones por accidentes de tráfico, RECLAMA.

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