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El Consejo de Gobierno ha aprobado esta mañana el acuerdo del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) que regula la jornada ordinaria de trabajo en los centros e instituciones sanitarias públicas de Asturias y que ha sido concebido con el objetivo de preservar un modelo sanitario público, de calidad, equitativo y sostenible en el tiempo.
El nuevo modelo de la jornada de trabajo del personal sanitario permite lograr una mayor eficiencia en el uso de los recursos, mejorando la calidad asistencial y la accesibilidad, con la ampliación del horario de atención a los pacientes.
Permite, asimismo, un uso más eficiente de los recursos públicos puesto que servirá para atender en jornada ordinaria programas especiales, como los destinados a la reducción de las listas de espera, a la realización de pruebas diagnósticas u otras necesidades asistenciales, que antes se venían abordando al término de la actividad ordinaria y que generaban el pago de programas especiales a los profesionales, popularmente conocidos como ‘peonadas’.
Si no se hiciera así y el aumento de jornada se aplicara de una forma automática incrementando los actuales horarios, no se conseguiría ninguna mejora en la organización del sistema sanitario con lo que sería preciso mantener las jornadas extraordinarias en muchas unidades.
El acuerdo adoptado hoy por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias facilita una mayor accesibilidad para los usuarios, que podrán ser atendidos en los centros de atención primaria y en los hospitales de forma programada durante un horario de atención al público más amplio y que incluye las tardes.
Los profesionales dispondrán por lo tanto de más tiempo para tratar a los pacientes y en consecuencia se podrán reducir los tiempos de espera para recibir atención. Además, el nuevo horario facilita el desarrollo de sesiones clínicas y otras actividades de forma compatible con la realización de la actividad
Mejora también la calidad asistencial y aumenta la seguridad en la práctica clínica porque la nueva regulación tiene más en cuenta las necesidades de los descansos del personal y, especialmente, con los profesionales que desarrollan su actividad en el ámbito de la atención continuada.
El modelo de jornada laboral impulsado para la sanidad asturiana busca mejoras directas sobre la población atendida y no va en detrimento del sistema público de salud de Asturias que, por el contrario, saldrá fortalecido con la nueva regulación.
El acuerdo regulador de la jornada laboral de la sanidad pública asturiana mantiene los conceptos retributivos clave de los profesionales y contribuye a estabilizar la plantilla estructural, afectando la regulación únicamente a la necesidad de contrataciones de personal eventual que disminuirán con el aumento de la jornada semanal.
La puesta en marcha de esta nueva organización profesional se enmarca en la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2/2012 de 29 de junio que establece que la jornada general de trabajo del personal del sector público no puede ser inferior a 37 horas y media semanales de trabajo efectivo en cómputo anual.
El Gobierno del Principado de Asturias ha optado por una modificación de la jornada laboral en la que se preserva la calidad de las prestaciones que los profesionales sanitarios realizan a los asturianos, la mejora de la atención a los pacientes y el reforzamiento del sistema público de salud.
El acuerdo tomado hoy rechaza soluciones como la gestión indirecta y la privatización de servicios asistenciales, las reducciones de plantillas o la supresión de conceptos retributivos como la atención continuada, la carrera profesional o la productividad variable.
La nueva regulación contempla entre sus principales novedades las siguientes:
· Establece un régimen de jornada uniforme, homogénea y aplicable a todo el personal del SESPA. Respetando las especiales condiciones laborales de determinados colectivos (urgencias, emergencias, atención continuada) y se otorga un régimen homogéneo al cómputo de la jornada realizada en horario nocturno para todos los colectivos que realicen ese horario.
· El cálculo de la nueva jornada se efectúa respetando al máximo las condiciones disfrutadas hasta el momento por los trabajadores como es la consideración de los días 24 y 31 de diciembre como no laborables, si bien teniendo en cuenta el nuevo marco legal en cuanto a la reducción de los días de Libre Disposición y los días de vacaciones.
· Respecto al turno rotatorio (régimen de jornada al que está adscrito la mayor parte del personal sanitario no facultativo), se establece un coeficiente bonificador de las horas realizadas durante la noche más favorable para los trabajadores que la actual.
· Se impulsará la conciliación de la vida laboral y familiar mediante la facilidad para el establecimiento de jornadas a tiempo parcial.
· Se respeta estrictamente la ley en cuanto a la consideración de los descansos.
· El nuevo modelo implicará la desaparición de los módulos de actividad extraordinaria o ‘peonadas’, tantas veces demandada por los agentes sociales. Se mantendrá la actividad asistencial cubierta mediante los programas especiales si bien dicha actividad se imputará a las horas de jornada efectiva que han de realizarse. Con ello, se podrán mantener estabilizados los índices de espera, a los que estaba enfocada la actividad extraordinaria que suponían los programas especiales, permitiendo ahorrar a su vez una importante cuantía económica abonada por dicha actividad.
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