Desde FEP-USO/ASTURIAS , queremos informaros de dos importantes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
1.- En el momento de su Jubilación, el Funcionario tiene derecho a una compensación económica si no ha podido disfrutar, a causa de una enfermedad, en todo o en parte, de su derecho a vacaciones anuales retribuidas por un periodo mínimo de cuatro semanas.( Bomberos)
Aquí el enlace: http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?docid=123406&pageIndex=1&occ=first&part=1&text=&doclang=ES&mode=lst&dir=&cid=1702738
2.- Un Trabajador cuya incapacidad laboral temporal haya sobrevenido durante sus vacaciones anuales retribuidas tiene derecho a disfrutar posteriormente de un periodo de vacaciones de duración equivalente al de su enfermedad.( Este derecho se concede con independencia del momento en que se produzca la incapacidad laboral temporal).
Aquí el enlace: http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=124190&pageIndex=0&doclang=ES&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=1704654
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