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miércoles, 28 de junio de 2017

BOLETÍN SEMANAL DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO




BOLETÍN SEMANAL DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO.
Os adjuntamos, en formato PDF, fichero conteniendo el Boletín Semanal con la Oferta de Empleo Público correspondiente a la Semana del 26.06.2017 al 03.07.2017 publicado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, así como enlace a la Pagina WEB del MHYFP por si fuera de vuestro interés.
Para ampliar esta información, podéis acceder también a la Pagina Web de la FEP-USOwww.fep-uso.es y una vez dentro, pinchar en el Apartado Empleo Público, el cual os enlazará directamente con toda la Información que sobre la Oferta de Empleo Público dispone el Ministerio de Hacienda y Función Pública, y en la que podréis consultar las Convocatorias específicas que os puedan interesar.
Esta publicación contiene información relativa a las convocatorias de empleo público de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la Unión Europea, de Organismos Internacionales y, de la Administración Local, los anuncios que se hayan insertado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), correspondientes a los Ayuntamientos de las capitales de provincia, los Ayuntamientos de más de 100.000 habitantes y de todos aquellos que convoquen al menos 3 plazas.


Nuevo Reglamento CRS de la USO



Nuevo Reglamento CRS de la USO

Ya te puedes descargar el nuevo reglamento de CRS que incluye a las víctimas de violencia de género en las prestaciones por invalidez o fallecimiento.

El 126 Consejo Confederal de nuestro sindicato ha aprobado el nuevo reglamento de la Caja de Resistencia y Solidaridad (CRS), en la que se incluye, entre otras novedades, la prestación por invalidez o fallecimiento de víctima de género.

USO, como organización comprometida con la lucha contra la violencia de género, ha decidido incluirla como causa para solicitar la prestación económica de la CRS.

Las situaciones de violencia que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados en el reglamento de la CRS se acreditarán con la orden de protección a favor de la víctima.

Excepcionalmente, y conociendo las dificultades a las que se enfrentan las víctimas hasta obtener la orden de protección, se podrá presentar el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género hasta que se dicte la orden de protección.

En los más de 30 años de funcionamiento de la CRS, USO ha abonado a los afiliados y afiliadas que han participado en huelgas o han sufrido represalias sindicales o sanciones por motivos profesionales, alrededor de 6 millones de euros, en los casi 4.000 conflictos cubiertos con esta importante herramienta de apoyo económico para la afiliación.

UNA HISTORIA DE LUCHA Y SOLIDARIDAD DESDE 1986

En España, la USO es el único sindicato a nivel estatal que dispone de Caja de Resistencia y Solidaridad para apoyar económicamente a los afiliados y afiliadas en las situaciones en las que, en el transcurso de su vida laboral, se encuentran inmersos en especiales dificultades, ya sea defendiendo con una huelga sus legítimas aspiraciones y reivindicaciones sociales, económicas y sindicales o, cuando fruto de represalias empresariales o de errores profesionales de los que nadie estamos exentos, se ven afectados por sanciones o incluso despedidos.
En los más de 30 años de funcionamiento de la CRS, la USO ha abonado a los afiliados y afiliadas que han participado en huelgas o han sufrido represalias sindicales o sanciones por motivos profesionales, alrededor de 6 millones de euros, en los casi 4.000 conflictos cubiertos.
Asimismo, la CRS apoya económicamente a toda la afiliación en caso de invalidez o fallecimiento por accidente extra-laboral o por violencia de género.
La CRS-USO ofrece prestaciones, a partir del primer mes de afiliación, en caso de**:
  • HUELGA O CIERRE PATRONAL: la cuantía de las prestaciones a las que el afiliado o afiliada tiene derecho se establecen en función del cómputo de la antigüedad como cotizante. A estos efectos, la antigüedad en el sindicato comienza a contar desde el día en el que se formaliza la afiliación, debiendo tener abonada la cuota correspondiente para tener derecho a la prestación. Las cuantías serán las siguientes para la afiliación en cuota A*:
    Antigüedad en la afiliaciónPorcentajeCuantía
    Entre de 1 y 3 meses75%17,69€
    A partir de 3 meses100%23,59€
*Consulta en tu sede de USO la cuantía para otro tipo de cuota.
  • SANCIONES Y DESPIDOS: en caso de despido o sanción por causas sindicales constatadas, o de sanción derivada del ejercicio profesional, la CRS abonará en concepto de prestación  económica cantidades para cubrir el vacío económico hasta la celebración de los juicios o resolución de los despidos. En ambos casos, si la sentencia de despido es improcedente o nulo o si la sentencia le reconoce el derecho a cobrar su salario, se deberá proceder a la devolución de las cantidades adelantadas por la CRS.El importe de las prestaciones será el equivalente a la media del salario neto de las tres últimas nóminas (excluidas las horas extraordinarias), estableciéndose el tope del importe en el 300% del Salario Mínimo Interprofesional vigente, tomando como referencia, a los efectos de ese tope, el cómputo anual, esto es, importe mensual del S.M.I. por 14 y dividido entre 12 mensualidades.En caso de despido por causa sindical, la prestación será por un período de 6 meses, pudiendo prorrogarse hasta 6 meses más por razones objetivas o por no estar dictada sentencia judicial.En caso de sanción por causa sindical o profesional, la prestación será por los días que dure la misma, con un tope máximo de 12 meses.
     
  • INVALIDEZ O FALLECIMIENTO: la cobertura por invalidez permanente, fallecimiento en accidente extralaboral o por violencia de género, varía según el tipo de cuota, siendo las cuantías a indemnizar para la cuota A*:
    Antigüedad en la afiliaciónInvalidez (según baremo) Cuantías MáximasFallecimiento
    De 2 a 5 años5.000 €5.000 €
    De 5 a 10 años7.000 €7.000 €
    Superior a 10 años10.000 €10.000 €
*Consulta en tu sede de USO la cuantía para otro tipo de cuota.
** Según Reglamento de la CRS.

martes, 27 de junio de 2017

Se aprobaron los PGE 2017.

Los presupuestos se aprueban definitivamente: así son las cuentas de 2017
    •Los Presupuestos incorporan un centenar de enmiendas en el Congreso
    •La mayor partida se destina a pensiones, que se revalorizarán un 0,25%
    •El Gobierno mantiene el gasto de 2016 y prevé recaudar más este año

Los Presupuestos Generales del Estado para 2017 han recibido el apoyo del Senado, en un solo día de debate en pleno y sin incorporar más enmiendas al centenar que se sumaron en el Congreso, entre otras cuestiones para conseguir los 176 diputados necesarios para aprobarlos en la Cámara Baja.

Del Congreso salieron con la previsión de que España crezca un 2,5% -una revisión posterior la subió al 2,7%, lo que no cambia los Presupuestos-, de que caiga la tasa media de paro hasta el 17,5%, y partiendo de un techo de gasto de 118.337 millones de euros; todo con objetivo de déficit pactado con la Comisión Europea para 2017, que es del 3,1% del PIB, y que el Ejecutivo fía cumplir gracias al aumento de la recaudación impositiva.

En concreto, el Estado prevé recaudar 200.963 millones de euros a través de impuestos, un 7,9% más que en 2016, con la única novedad en esta materia de que se rebaja del 21 al 10% del IVA cultural de espectáculos en vivo y de las gafas graduadas.

Gasto en pensiones
El dato fundamental que destacó el Gobierno ya el día de su presentación es que 55,8 euros de cada 100 se destinarán a gasto social. La mayoría de ellos (40,7 euros de cada 100) a pensiones, que se revisan con el 0,25% al alza, el mínimo establecido por ley.

Es la política de gasto que más dinero se lleva de los presupuestos: 139.647 millones de euros, 4.189 millones más (3,1%) que en 2016. Pero para pagarlas, el Estado -por primera vez en la historia- recurrirá a la emisión de deuda pública.

Tras las pensiones será en la protección por desempleo donde más gasto social se destine. El Estado cuenta con 18.318 millones de euros para las prestaciones -un 6,6% menos que en 2016- por la reducción de la tasa de desempleo.

La política de fomento del empleo crece, sin embargo, un 5,5%, unos 5.500 millones de euros. De ellos, 2.154 millones se destinará a actuaciones de carácter formativo, como el "cheque formación".

Una enmienda de Ciudadanos aprobada por unanimidad ha sido la aportación financiera por parte del Estado hacia Canarias, por un valor de 21 millones de euros, dirigida a políticas activas de empleo.

Nueva Canarias ha cerrado la bonificación del 75% de los billetes de avión y barco para los residentes en las Islas, que será del 100% para las mercancías; además de ayudas para extracción de agua para la agricultura y de un complemento al plan de ayudas europeas al sector, que valora en 136 millones de euros en total.

Foro Asturias, otro de los apoyos del PP en la Cámara Baja, incluyó la enmienda para ayudas por un valor de hasta 10 millones de euros para la reducción de emisiones medioambientales en las centrales térmicas de carbón en las comarcas mineras.

Sube el IPREM y el salario de los funcionarios un 1%
El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que se utiliza como referencia para la concesión de ayudas, becas, subvenciones o el subsidio de desempleo entre otros, subirá un 1%.

En ese porcentaje del 1% se incrementarán también los salarios de los funcionarios, pese a las quejas sindicales, que aspiraban a una subida mayor.

Lo que sí se pactó fue una oferta pública de empleo para consolidar hasta 300.000 puestos de interinos en busca de rebajar la tasa de temporalidad del 25% al 8% en tres años, sobre todo en Sanidad y Educación.

En este sentido, la contratación de interinos en la administración pública se reservará a casos excepcionales y para cubrir plazas urgentes e inaplazables pero no tendrán límite de tiempo como se había previsto en un primer momento.

Prestaciones ligadas al empleo
Por otro lado, el conjunto de prestaciones vinculadas a la cesación temporal en el trabajo por nacimiento de hijo, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia cuenta con una dotación de 2.450 millones, un 11,1% más que en 2016 para hacer frente a la ampliación del permiso de paternidad de 13 días a cuatro semanas.

Prestaciones sociales
El importe destinado al Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) será de 1.355 millones de euros, un 8,2% más que en 2016.

El Gobierno también destaca la partida de 342 millones para protección familiar y lucha contra la pobreza infantil, en la que se incluyen 140 millones del programa de reasentamiento y reubicación de refugiados para la atención de familias con menores y los 102 millones de euros del programa FEAD, para ayuda alimentaria.

Al programa Actuaciones para la prevención integral de la violencia de género se destinan 28 millones de euros, un 9,9% más según el Gobierno.

Sanidad, Educación y Cultura
La política de Sanidad asciende a 4.093 millones de euros, un 2,3% más que en 2016, mientras que el gasto destinado a Educación será de 2.525 millones, un 1,7% más. Ambas son competencias que están transferidas a las comunidades autónomas.

La partida para becas y ayudas al estudio alcanzará los 1.420 millones y otros 50 millones para libros de texto y material didáctico.

La partida destinada a Cultura asciende por su parte a 801 millones, un 0,7% menos que en el año anterior, aunque aumentan las ayudas al cine.

No baja el IVA del cine pero suben las deducciones
Las deducciones al cine han sido otras de las enmiendas destacadas que se incorporaron al proyecto de Presupuestos en el Congreso. Las deducciones en el Impuesto de Sociedades para producciones cinematográficas alcanza al 25% hasta el primer millón de euros de base deducible, y el 20% a partir de esta cantidad. La deducción no podrá superar los 3 millones de euros, y al menos la mitad de esa deducción deberán corresponderse a gastos en desembolsados en España.

Asimismo, también se ha incorporado una modificación a la Ley de la Propiedad Intelectual para situar a las Agrupaciones de Interés Económico como productoras siempre que se constituyan como productoras independienes, se incorporen antes de la finalización del rodaje y designen al productor ejecutivo encargado de asumir la iniciativa.

Caen las inversiones en infraestructuras
El proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado 2017 prevé una inversión en infraestructuras que asciende a 7.540 millones, frente a los 9.492,50 millones que detallaba el libro amarillo de 2016, entre el Estado, los entes públicos y las sociedades mercantiles estatales, lo que supone un descenso del 20,57%.

El mayor descenso se produce en la inversión en ferrocarriles al bajar un 29,2% desde los 4.318,23 millones previstos en 2016 hasta los 3.056 incluidos en los presupuestos para 2017. La mayor inversión la realizará ADIF Alta Velocidad con 2.330 millones.

Las infraestructuras suponen la mayor parte de la inversión pública que incluyen los Presupuestos Generales del Estados consolidados -Estado, organismos autónomos y otros entes públicos y Seguridad Social- y que este año decrece un 3% menos aunque supera los 12.700 millones de euros.

Enlace: http://www.rtve.es/noticias/20170626/presupuestos-se-aprueban-definitivamente-asi-son-cuentas-2017/1571221.shtml

domingo, 25 de junio de 2017

¿A que edad me jubilo ?

¿A que edad me jubilo ?

A qué edad podré jubilarme para cobrar el 100% de la pensión

jueves, 22 de junio de 2017

Guía rápida de la prestación de jubilación hoy

Guía rápida de la prestación de jubilación hoy (Junio 2017)

Las reformas de los últimos años han introducido importantes variaciones en la prestación de jubilación que se están aplicando de forma progresiva. Vemos en qué punto estamos y cuáles son los requisitos generales que se exigen a un trabajador del régimen general para acceder a la prestación de jubilación.

Hagamos un repaso por la prestación por jubilación y en qué punto estamos en la aplicación de las reformas de los últimos años.

¿Cuándo puedo jubilarme?

En general, la edad para poder acceder a la pensión de jubilación depende del propio interesado y de las cotizaciones que haya acumulado a lo largo de su vida laboral. En todo caso, cuando se termine de implementar la reforma, tendrá que haber cumplido los 67 años, en general, o bien tener los 65 y acreditar 38 años y medio cotizados.
En concreto, en 2017 la edad de jubilación exigida es 65 años si se han cotizado 36 años y tres meses o más, y 65 años y 5 meses si la cotización ha sido de menos de 36 años y tres meses

¿Hay alguna opción para jubilarme antes?

En general, hay que jubilarse a la edad que corresponde, aunque la edad mínima puede rebajarse en supuestos especiales. Eso sí, nunca podrá ser antes de los 52 años.
- Jubilación anticipada a partir de los 60 por ser mutualista.
- Jubilación anticipada a partir de los 61 si no eres mutualista.
- Jubilación parcial.
- Jubilación del personal del Estatuto Minero, personal de vuelo, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y Ertzaintza.
- Jubilación flexible.
- Jubilación de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.

¿Y si he cotizado más de 40 años?

Para jubilarse, hay que llegar a la edad legal de jubilación. Si nos jubilamos antes, veremos mermada nuestra prestación hasta en un 7,5% por cada año que hayamos adelantado nuestra salida del mercado laboral. En todo caso, estos coeficientes reductores no son lineales. Las personas que han cotizado más de 40 años ven rebajada su prestación en un 6% por año.

¿Cuántos años tengo que haber cotizado para cobrar la pensión?

Como mínimo, 15 años a los largo de tu vida, de los cuáles, dos tienen que haber sido en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.
Para hacer el cálculo, sólo se tienen en cuenta las cotizaciones efectivamente realizadas y no se tiene en cuenta la parte proporcional de las pagas extra.

¿Cuánto voy a cobrar?

Para saber cuánto voy a cobrar, lo primero es establecer mi base reguladora.
La base reguladora será, en 2017, el resultado de dividir por 280 las bases de cotización del interesado durante los 240 meses inmediatamente anteriores al del mes previo al del hecho causante. Estos factores se irán incrementando hasta el año 2022, en el que la base reguladora será el resultado de dividir las bases de cotización del interesado en los últimos 300 meses entre 350.

En 2017, ya se tienen en cuanta los últimos 20 años que se haya cotizado. Esta cantidad se irá incrementando a razón de 12 meses al año, hasta 2022 (cuando se computarán 25 años).
Se cobra el 50% de la pensión por los primeros 15 años cotizados. Cada mes adicional, supone un porcentaje de incremento hasta completar el 100% una vez que se completen los 35,5 años cotizados. Eso, en 2017. Los años necesarios para acceder al 100% de la jubilación en 2027 serán 37.

A las mujeres que hayan tenido 2 o más hijos, se les aplicará un complemento por maternidad: el 5% si son 2 hijos, el 10% si son 3, y el 15% si son más.

¿Y si trabajo después de los 65?

Cuando se accede a la prestación a una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y se ha reunido el periodo mínimo de cotización, el interesado disfruta de un porcentaje adicional por cada año completo cotizado. Si se han cotizado hasta 25 años, se suma un 2%; si se han cotizado entre 25 y 37 años, se suma un 2,75%, y si se ha cotizado más de 37 años, el suplemento es del 4%.

Más información en la web de la Seguridad Social.
Enlace : http://www1.seg-social.es/ActivaInternet/Panorama/REV_035955

TABLA:

miércoles, 21 de junio de 2017

TJUE Establece: Puede obligarse a un empleado a trabajar hasta doce días seguidos.

Puede obligarse a un empleado a trabajar hasta doce días seguidos

EUROPA PRESS
21/06/2017 - 11:00

Un Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este miércoles que una empresa puede obligar a un empleado a trabajar hasta doce días seguidos si se cumplen las normas sobre descanso diario y duración máxima de trabajo semanal, puesto que el día de descanso que tiene que concederse a los trabajadores no tiene que ser obligatoriamente el séptimo día después de seis días de trabajo consecutivos.

Las conclusiones del abogado danés Saugmandsgaard Oe responden a la cuestión elevada por la Audiencia de Oporto sobre un ciudadano portugués que demandó a la empresa en la que había trabajado por haber acumulado actividad durante siete días consecutivos en más de una ocasión. Esta persona solicitó una indemnización equivalente a las horas extraordinarias trabajadas.

La normativa europea actual estipula que todos los trabajadores deben disfrutar, por cada periodo de siete días, de un periodo mínimo de descanso ininterrumpido de veinticuatro horas, a las que se añadirán las once horas de descanso diario.

En sus conclusiones, el abogado (cuyas conclusiones no son vinculantes pero suelen ser tenidas en cuenta) propone al Tribunal con sede en Luxemburgo que determine en su futura sentencia que la legislación comunitaria no exige que se conceda un periodo de descanso "como muy tarde el séptimo día después de seis días de trabajo consecutivo", sino que "obliga a que tal periodo se conceda dentro de cada periodo de siete días".

Así, el Abogado General concluye que puede obligarse al trabajador, en principio, a trabajar hasta doce días consecutivos, siempre y cuando se cumplan las demás disposiciones mínimas de la directiva, en particular las relativas al descanso diario y a la duración máxima de trabajo semanal. Esto sucedería si el día de descanso se concede en el primer día del primer periodo de siete días y el último día del segundo periodo de siete días.

El abogado danés añade que la finalidad de la directiva europea es garantizar a los trabajadores un periodo mínimo de descanso por semana, dejando a los legisladores nacionales y a los interlocutores sociales un cierto margen de maniobra en cuanto a la ordenación del tiempo de trabajo.

En cualquier caso, el Abogado General considera que el hecho de imponer un periodo de descanso semanal dentro de cada periodo de siete días es conforme con el objetivo de proteger de manera eficaz la seguridad y la salud de los trabajadores y señala que la directiva europea es "una norma básica" aplicable a todos los trabajadores, a las que se añaden las normas particulares para sectores de actividad "de cierta dureza o peligrosidad".

Del mismo modo, recuerda que los países de la UE son libres de establecer disposiciones nacionales que concedan a los trabajadores una protección más extensa en lo relativo al descanso semanal

Enlace : http://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/8445035/06/17/La-Justicia-europea-dice-que-puede-obligarse-a-un-empleado-a-trabajar-hasta-doce-dias-seguidos.html

martes, 20 de junio de 2017

Los funcionarios con hijos con discapacidad tendrán derecho a jornada intensiva todo el verano

Los funcionarios con hijos con discapacidad tendrán derecho a jornada intensiva todo el verano

14/06/2017

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una resolución del Ministerio de Hacienda y Función Pública por el que los empleados públicos que tengan hijos o personas sujetas a su tutela o acogimiento con discapacidad podrán tener jornada intensiva de trabajo durante todo el verano.

En la resolución, que entra en vigor mañana, jueves, se explica que la medida es fruto de un acuerdo alcanzado en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado celebrada el pasado de 30 de mayo.

Hasta ahora, la normativa vigente concedía este derecho de acogerse a la modalidad de jornada intensiva desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre a los empleados públicos del Estado con hijos, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta 12 años de edad, con el fin de adecuar su jornada laboral a los horarios de verano frecuentes en muchos centros docentes.

La novedad que se introduce en esta resolución supone ampliar esta posibilidad a quienes tengan a su cargo a una persona con discapacidad (al menos un 33%), siempre que conviva con el solicitante y dependa de éste.

Enlace: http://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1507510#.WUfUCQY8CYY.facebook

sábado, 17 de junio de 2017

PREVISIONES EXÁMENES 2º SEMESTRE DEL IAAP



PREVISIONES EXÁMENES 2º SEMESTRE DEL IAAP









AQUÍ OS DEJAMOS EL PDF




miércoles, 14 de junio de 2017

MODIFICACIÓN INSTRUCCIÓN JORNADA Y HORARIO AGE:




MODIFICACIÓN INSTRUCCIÓN JORNADA Y HORARIO AGE:
En el Boletín de hoy Miércoles 14 ha salido publicada la Resolución de 12 de Junio de 2017, de la Secretaria de Estado de Función Pública, por la que se modifica la de 28 de Diciembre de 2012, en la que se dictan Instrucciones sobre Jornada y Horarios de Trabajo del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos
En dicha Resolución se modifica el Párrafo Segundo del Punto 7.2 de la citada Resolución de 28 de Diciembre de 2012, que queda redactado de la forma siguiente:
“Por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral, los Empleados Públicos con hijos, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta 12 años de edad, o sin límite de edad en el supuesto de discapacidad superior o igual al 33% de los anteriores, y siempre que convivan con el solicitante y dependan de este, estando a su cargo, podrán acogerse a esta modalidad de jornada intensiva desde el 1 de junio y hasta el 30 de septiembre. Este derecho podrá ejercerse también en el año en que el menor cumpla la edad de 12 años.”
Os adjuntamos dos enlaces a la Página WEB del B.O.E. tanto a la Resolución publicada en el día de hoy, como al texto consolidado -pendiente de actualizarse con esta última modificación- de la Resolución de 28 de Diciembre de 2012.
También adjuntamos a esta Nota Informativa los referidos ficheros, en formato PDF, para facilitar su lectura a aquellos Compañeros que tengáis dificultades para el acceso WEB.    
-Resolución de 12 de junio de 2017, de la Secretaria de Estado de Función Pública, por la que se modifica la de 28 de diciembre de 2012, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. 
-Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
Esperamos que os sea de utilidad.
Seguiremos informando.


BOLETÍN SEMANAL DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO.




BOLETÍN SEMANAL DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO.
Os adjuntamos, en formato PDF, fichero conteniendo el Boletín Semanal con la Oferta de Empleo Público correspondiente a la Semana del 13.06.2017 al 19.06.2017 publicado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, así como enlace a la Pagina WEB del MHYFP por si fuera de vuestro interés.
Para ampliar esta información, podéis acceder también a la Pagina Web de la FEP-USOwww.fep-uso.es y una vez dentro, pinchar en el Apartado Empleo Público, el cual os enlazará directamente con toda la Información que sobre la Oferta de Empleo Público dispone el Ministerio de Hacienda y Función Pública, y en la que podréis consultar las Convocatorias específicas que os puedan interesar.
Esta publicación contiene información relativa a las convocatorias de empleo público de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la Unión Europea, de Organismos Internacionales y, de la Administración Local, los anuncios que se hayan insertado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), correspondientes a los Ayuntamientos de las capitales de provincia, los Ayuntamientos de más de 100.000 habitantes y de todos aquellos que convoquen al menos 3 plazas.
Seguiremos informando.

Bolsa de empleo de Auxiliares del Servicio de Ayuda a Domicilio para el Ayuntamiento de Teverga




ayuntamiento DE TEVERGA
Anuncio. Bases para la creación de una bolsa de empleo de Auxiliares del Servicio de Ayuda a Domicilio. [Cód. 2017-06486]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (305 Kb)  

Bolsa de empleo en la categoría de Administrativo/a para el Ayuntamiento de Castrillon



AYUNTAMIENTO DE CASTRILLÓN
Anuncio. Convocatoria y bases del procedimiento selectivo para la creación de una bolsa de empleo en la categoría de Administrativo/a. [Cód. 2017-06160]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (354 Kb) 

Programa de actividades formativas del IAAP para el segundo semestre del año 2017.



CONSEJERÍA DE HACIENDA Y SECTOR PÚBLICO
INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 'ADOLFO POSADA'
Resolución de 12 de junio de 2017, de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueba el programa de actividades formativas del Instituto para el segundo semestre del año 2017. [Cód. 2017-06579]
Texto de la disposición   PDF de la disposición (1137 Kb)  


domingo, 11 de junio de 2017

Oposiciones del Principado de Asturias






Oposiciones del Principado de Asturias

Convocatorias con el plazo de presentación abierto

Búsqueda de convocatorias abiertas por texto y titulació 


Resultados de la búsqueda
Fecha publicación en el BOPA
30/05/2017
Personal: 
Funcionario
Tipo: 
Libre
Número de plazas: 
2
 

Inicio plazo presentación: 
31/05/2017
 
Final: 
28/06/2017
Fecha publicación en el BOPA
23/05/2017
Personal: 
Contratación Laboral por Tiempo Indefinido
Tipo: 
Libre / Promoción interna
Número de plazas: 
1 / 4
 

Inicio plazo presentación: 
24/05/2017
 
Final: 
21/06/2017
Fecha publicación en el BOPA
08/05/2017
Personal: 
Contratación Laboral por Tiempo Indefinido
Tipo: 
Libre / Promoción interna
Número de plazas: 
1 / 3
 

Inicio plazo presentación: 
09/05/2017
 
Final: 
12/06/2017
Fecha publicación en el BOPA
27/04/2017
Personal: 
Funcionario
Tipo: 
Libre
Número de plazas: 
2
 

Inicio plazo presentación: 
28/04/2017
 
Final: 
22/06/2017

La comunicación del accidente laboral fuera de plazo exime de responsabilidad a la aseguradora



En el supuesto analizado por la Sentencia SOCIAL Nº 348/2017, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 848/2016, 25-04-2017 se estudia la responsabilidad del pago de una indemnización de daños y perjuicios derivada de accidente de trabajo cuando la comunicación informativa del siniestro a la compañía aseguradora se realizó fuera del plazo estipulado por contrato para ello.
Para el Alto Tribunal, la cláusula por la que se delimitaba el riesgo asegurado a los siniestros ocurridos durante la vigencia del contrato, cuya reclamación había de notificase fehacientemente durante la vigencia de la póliza o hasta un año después de su finalización, resultaba perfectamente lícita.
Consecuentemente con lo anterior, la comunicación del siniestro debió efectuarse dentro del referido plazo puesto que, acaecido el accidente, surgió el deber de notificación que pudo hacerse hasta un año después de finalizado el contrato de seguro, lo que no se hizo ya que la primera comunicación que del referido siniestro tuvo la aseguradora fue la comunicación por el Juzgado de la demanda origen del procedimiento.
Reiterando doctrina de la Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3136/2014, 18-02-2016, se considera por la Sala IV que no existe responsabilidad de la aseguradora cuando se comunica el siniestro en plazo superior al que aparece como configurador del riesgo protegido en el contrato de seguro, condenando solidariamente a la actual acompañá aseguradora y a la empresa empleadora al abono al trabajador de la cantidad de 56.692,7 euros en concepto de indemnización derivada de accidente de Trabajo.

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